En medio del silencio de la prensa y de la indiferencia de los partidos de izquierda, este martes 5 de noviembre de 2013 la Corte Suprema definirá el destino de este caso rolado con el N° 77-2011.
En audiencia que está fijada en el segundo lugar de la tabla, este alto tribunal deberá decidir si acoge el recurso de casación presentado en junio pasado por la querellante Asociación Nacional de ex Prisioneros Políticos (ANEXPP), representada por el abogado Roberto Celedón; O si sobresee “total y definitivamente” este caso, ratificando con ello lo fallado el 6 de septiembre de 2012 por el Ministro Mario Carroza.
Este magistrado sostuvo en su fallo de primera instancia que Allende se suicidó y que en su muerte no intervinieron terceros.
El 24 de junio de 2013, la segunda sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, por dos votos contra uno, ratificó el cierre de la causa.
El voto en contra fue sostenido por el Ministro (S) Carlos Carrillo González, quien estuvo por revocar la resolución en alzada, al estimar que en este caso concurre la causal de sobreseimiento temporal (y no definitivo) prevista en el artículo 409 N° 1 del Código de Procedimiento Penal.
Un mes después de tomada esta resolución, Celedón presentó un recurso de casación ante la Corte Suprema. En este escrito se señala:
“Dicha resolución que pone término al juicio o hace imposible su continuación se basa en consideraciones que se apartan del mérito del proceso y que además contradicen las leyes de la sana lógica y los conocimientos científicamente afianzados, al haber considerado que la muerte del ex Presidente de la República se habría debido a una acción de tipo suicida, en que no habría existido intervención de terceros, cuando existen múltiples y concordantes medios probatorios, especialmente, el testimonio de militares que contradicen el único testigo que se atribuye la calidad de haber presenciado el supuesto suicidio, a más de dos informes periciales que contradicen semejante conclusión”.
Celedón tendrá ahora la durísima responsabilidad de hacer ver a los ministros de la Corte Suprema que existen pruebas forenses y testimonios suficientes que dejan en claro entredicho la tesis del suicidio.
Cabe señalar que en septiembre pasado se publicó el libro Allende: “Yo no me rendiré”. La investigación histórica y forense que descarta el suicido (Ceibo Ediciones).
En este trabajo sus autores, el médico forense Luis Ravanal y el corresponsal de prensa, Francisco Marín, dan cuenta –basándose en informes forenses ocultados- que Allende recibió un disparo hecho a corta distancia en la zona de la frente. Esto es concordante con el disparo de salida de proyectil descrito en la parte posterior del cráneo en la autopsia de 1973. Esta investigación descarta que Allende se haya podido suicidar.
En las últimas semanas y meses El Ciudadano, el semanario Proceso (México), y el diario El Mundo (España), han realizado sendos reportajes que, recogiendo los resultados de esta investigación, ponen en duda la versión oficial. de la Junta Militar, que fue respaldada por Carroza.
En entrevista con El Ciudadano el jurista Celedón narró sus impresiones a pocas horas de que ocurra esta importante audiencia: “Hay numerosos antecedentes científicos, no sólo testimoniales, que dan cuenta que en la cabeza del presidente Allende fueron halladas dos lesiones provocadas por balas completamente distintas: una de alto calibre y otra de un calibre bastante menor: Y que son dos disparos que son completamente incompatibles entre si”.
Celedón añade: “lamentablemente este tema no fue resuelto con las pericias hechas tras la exhumación del cuerpo del presidente Allende (Mayo de 2011)”.
Recapitulando
En la autopsia de 2011 no se pudo determinar cuántos disparos atravesaron el cráneo de Allende ni la trayectoria de estos, pues cerca de la mitad de los huesos que lo componen no se recuperaron.
El forense Ravanal estableció en un informe (Metanálisis forense) de septiembre de 2008 que “Allende recibió un impacto de un proyectil, proveniente de un arma de bajo calibre, que entró por la cara en la zona próxima al globo ocular derecho y salió por la zona parietal posterior. Y, a los pocos momentos de muerto, para simular un suicidio, se le dio un disparo bajo el mentón”.
Estas conclusiones fueron refrendadas por el médico legista del Servicio Médico Legal (SML) Germán Tapia Coppa, en informe de marzo de 2011, según consta a fojas 2477 y siguientes del expediente de la causa: “Si en un cadáver se reconoce estallido de cráneo al mismo tiempo que en uno de los fragmentos de la bóveda se evidencia un orificio de salida de proyectil (…) se debe mencionar que dicho orificio de salida se produce en un momento anterior al estallido de la cavidad. Esto es debido a que se requiere la integridad de la cavidad craneana para que un proyectil pueda generar una lesión característica de orificio de salida”.
Por lo anterior, este tanatólogo del SML establece “que se debe plantear la existencia de dos impactos de proyectil, donde un primer disparo genera el orificio de salida y el segundo disparo produce el estallido de la bóveda craneana”.
El Ciudadano