Aún hay Patria: Peligrosa banda «Los Carlos» (Délano y Lavín) comparecerá en tribunales por sobornar a fiscalizador del SII

Está previsto que dentro de dos meses vuelvan a comparecer ante los tribunales los mismos políticos y empresarios involucrados en el escándalo de las platas políticas. Por tal motivo se espera la comparecencia de los controladores de Penta: Carlos Alberto Délano y Carlos Eugenio Lavín , en compañía de sus esposas y familiares.

Por Leonardo Buitrago

08/06/2023

Publicado en

Chile / Justicia y DD.HH / Portada

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délano

Desde marzo de este año, en el Octavo Juzgado de Garantía se ha venido desarrollando una audiencia preparatoria de juicio oral donde los principales imputados son las empresas Penta S.A. y Penta III, y el ex contador del grupo económico, Marcos Alberto Castro Sanguinetti.

El objetivo de la Fiscalía de Alta Complejidad Oriente es llevar a juicio oral a las personas jurídicas por el delito de soborno, y al excontador, por cohecho activo y delitos tributarios.

Según consignó El Mostrador, está previsto que dentro de dos meses vuelvan a comparecer ante los tribunales los mismos políticos y empresarios involucrados en el escándalo de las platas políticas, que explotó en 2014 con el llamado “fraude al FUT” y que derivó luego el caso “platas políticas”.

Por tal motivo se espera la comparecencia de los controladores de Penta: Carlos Alberto Délano, su esposa Verónica Méndez y su cuñada Paulina Méndez, además de todos sus hijos.

También deberán declarar Carlos Eugenio Lavín y su esposa María de la Luz Chadwick. Así como los políticos Carlos Bombal, Alberto Cardemil, Laurence Golborne, Iván Moreira, Andrés Velasco, Pablo Zalaquett, Pablo Wagner y Felipe de Mussy.

Cabe recordar que diciembre de 2022, el juez del Octavo Juzgado de Garantía, Diego Rubí, dictaminó sobreseer a Empresas Penta, argumentando que “el Estado no ha estado a la altura de las circunstancias para resolver oportunamente el juzgamiento”, acogiendo de esta manera la solicitud de prescripción hecha por la defensa.

En ese entonces, Rubí indicó que los tribunales tienen la tarea de “controlar la actuación del Ministerio Público y los querellantes por tener demasiado poder en el desarrollo del proceso penal”, además de “fiscalizar que los procesos judiciales no se extiendan en el tiempo en forma desmesurada”.

Sin embargo, la decisión del juez fue apelada por el fiscal Felipe Sepúlveda, y posteriormente fue revocada permitiendo así continuar con el proceso de persecución penal de las empresas Penta.

La acusación fiscal, presentada en el 2018, establece que los hechos ejecutados por Empresas Penta S.A. e Inversiones Penta III Ltda., a través de las acciones de su exjefe de contabilidad, Marcos Alberto Castro Sanguinetti, son constitutivos del delito de soborno al ofrecer coimas al funcionario del Servicio de Impuestos Internos (SII) Iván Álvarez –condenado a 5 años de libertad vigilada y al pago de $275 millones–, para revisar sus presentaciones y declaraciones dentro de la institución, evitando cualquier error, y proporcionándoles ventaja frente a otros contribuyentes al momento de revisar sus declaraciones de impuestos, evitando de esta manera que se produjera una fiscalización real.

Por tal motivo, se estableció que el fiscalizador del SII, Iván Álvarez se convirtió en un empleado más de las empresas Penta, controladas, durante el periodo en que ocurrieron los delitos, por los condenados a clases de ética, Carlos Alberto Délano y Carlos Eugenio Lavín.

Tal y como consignó El Mostrador, Castro Sanguinetti enfrenta una acusación por el delito de cohecho activo, en grado de consumado y reiterado, además de diversos delitos también reiterados establecidos por el Código Tributario. «Por estos últimos, la Fiscalía pide una pena de 5 años y un día, multa del 300% del valor del tributo eludido y 40 UTA. Además, solicita la pena de 2 años de reclusión menor en su grado medio, multa del 100% del provecho otorgado al funcionario público, y 5 años de inhabilitación absoluta temporal para cargos u oficios públicos en su grado mínimo como autor del delito de cohecho activo».

En el caso específico de Empresas Penta S.A. e Inversiones Penta III Ltda., el fiscal Felipe Sepúlveda las acusó por el delito de soborno contemplado en el Código Penal y lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley N° 20.393, que sanciona la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas.

Para ambas empresas, el Ministerio Público solicitó una pena de cuatro años de prohibición temporal de celebrar actos y contratos con organismos del Estado y 3 años de prohibición absoluta de percibir beneficios fiscales, más una multa de 10.000 UTM a Beneficio Fiscal.

Cabe recordar que en un comienzo, Carlos Alberto Délano y Carlos Eugenio Lavín, enfrentaron cargos por delitos tributarios y soborno reiterados, arriesgando 10 años de cárcel, más las multas. 

Sin embargo, el Octavo Tribunal de Garantía de Santiago determinó que los controladores del Grupo Penta, deberían recibir clases de ética, de 100 horas repartidas en 33 clases en total, como parte de la condena, que también incluyó cuatro años de libertad vigilada y el pago de 1.700 millones de pesos.

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