Cámara de Diputados aprobó proyecto de reparación a víctimas del estallido social

El proyecto plantea "disminuir el estándar probatorio para que las víctimas accedan a la justicia reparatoria, tomando como base que el Estado ha incurrido en falta de servicio al no proteger los derechos a la vida y a la integridad física y psíquica de las y los manifestantes o quienes se encontraban presentes en lugares en que se desarrollaban manifestaciones sociales"

Por Leonardo Buitrago

16/06/2021

Publicado en

Chile / Justicia y DD.HH / Portada

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La Cámara de Diputados aprobó este martes en general el proyecto que establece la responsabilidad del Estado sobre los ciudadanos y ciudadanas que hayan sido víctima de lesiones, mutilaciones o muertes durante el estallido social de octubre de 2019.

Tras darse la aprobación general, el proyecto volverá a la Comisión de Derechos Humanos, donde se discutirá en particular.

El proyecto fue aprobado por 76 votos a favor, 48 en contra y 16 abstenciones, según dio a conocer el portal MegaNoticias.

El texto busca disminuir el estándar probatorio para que las víctimas accedan a la justicia reparatoria, tomando como base que el Estado ha incurrido en falta de servicio al no proteger los derechos a la vida y a la integridad física y psíquica de los manifestantes o quienes se encontraban presentes en lugares en que se desarrollaban manifestaciones sociales.

De igual forma, en la propuesta se establece la definición de “estallido social”, así como plantea una indemnización por parte del Estado.

Dicha indemnización, establece el texto, deberá ser de forma proporcional a la gravedad de la vulneración de los derechos humanos.

Deberá, además, considerar “todos los perjuicios económicamente evaluables que sean consecuencia de violaciones de las normas de Derecho Internacional de los Derechos Humanos”, refiere el texto, citado por MegaNoticias.

«Se entenderá como víctima a toda persona que, individual o colectivamente, hubiese sufrido lesiones físicas o psíquicas, mutilaciones, tortura, apremios ilegítimos, vejaciones, violencia sexual o a quienes se les hubiese provocado la muerte, como consecuencia de acciones u omisiones de agentes del Estado», señala el proyecto.

Se considerarán víctimas, además de las personas heridas por los funcionarios de Seguridad, a los familiares o personas a cargo que tengan relación inmediata con la víctima directa y se presumirá como tales a quienes hayan hecho denuncias de este tipo.

Durante el estallido social de 2019 se generaron un conjunto de manifestaciones, que fueron fuertemente reprimidas por Fuerzas de seguridad del Estado, con un saldo de más de 30 fallecidos, 460 personas con lesiones oculares y aás de 3.400 hospitalizados.

Asimismo, se registraron casi 9.000 denuncias por “delitos cometidos por agentes del Estado”, mientras que el INDH presentó 2.520 acciones legales entre el 18 de octubre de 2019 y el 18 de marzo de 2020 de víctimas de “hechos vulneratorios de derechos humanos”.

Rechazo de resoluciones

Durante el debate, algunos diputados criticaron el contenido de proyecto y lo consideraron discriminatorio, debido a que en algunos estatutos no se establece como víctimas de los miembros de Carabineros, de la Policía o de las Fuerzas Armadas que sufrieron ataques durante el estallido.

De igual forma, a pesar de que el proyecto en general fue respaldo por la Sala, una de las resoluciones – cita Diario Constitucional – no contó con los votos necesarios para su aprobación.

Esta norma establece que sería el Tribunal Civil del domicilio de la víctima o aquel que corresponda al lugar en que ocurrieron los hechos el competente para conocer las materias de esta ley a elección de la víctima.

Este punto en particular, solo contó con el respaldo de 79 votos a favor. Para su aprobación, debido a que es una disposición de ley orgánica constitucional, se necesitaban 87 votos.

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