Procedimiento irregular de la policía

Carabineros al margen de la ley: Suprema da la razón a detenido cuya vestimenta fue registrada

La Corte Suprema acogió un recurso de nulidad y ordenó al Juzgado de Letras de Panguipulli la realización de un nuevo el juicio oral simplificado en contra de Basili Ademir Muñoz Quilempan, acusado por microtráfico

Por Daniel Labbé Yáñez

12/07/2018

Publicado en

Chile / Justicia y DD.HH / Policial

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La Corte Suprema acogió un recurso de nulidad y ordenó al Juzgado de Letras de Panguipulli la realización de un nuevo el juicio oral simplificado en contra de Basili Ademir Muñoz Quilempan, acusado por microtráfico. Esto porque, argumenta el tribunal, le fueron vulneradas sus garantías fundamentales al ser sometido a un registro de vestimentas por carabineros que controlaron su identidad por estar consumiendo alcohol en la vía pública.

El máximo tribunal explica que el consumo de bebidas alcohólicas en calles, caminos, plazas, paseos y demás lugares de uso público será sancionado con una multa de hasta una UTM o amonestación. Lo anterior también tendrá lugar respecto de quienes sean sorprendidos en la vía pública o en lugares de libre acceso al público en manifiesto estado de ebriedad.

Sin embargo, la Corte añade que «no puede esa conducta estimarse por sí sola y sin ninguna otra evidencia decisoria también como un indicio objetivo que permita presumir la comisión de algún hecho delictivo o alguna conducta asociada a ello».

En este caso, ocurre que Carabineros respondió a una denuncia respecto de una persona que se encontraba afuera de un domicilio, apoyado en el portón de ingreso, en evidente estado de ebriedad. No obstante, el máximo tribunal apunta que una vez constatado el estado en que se encontraba el infractor, los policías «únicamente debieron haberlo amonestado o cursado una multa y en el evento que no cancelare el porcentaje correspondiente, haberlo citarlo al juzgado competente, pero lo anterior no podía derivar en un control de identidad del artículo 85 del Código Procesal Penal que autorizara el registro de sus vestimentas y pertenencias personales».

En conclusión, concluye la Suprema, el registro de vestimentas y pertenencias personales del acusado «se desempeñó fuera de su marco legal y de sus competencias, vulnerando el derecho del imputado a un procedimiento justo y racional que debía desarrollarse con apego irrestricto a todos los derechos y las garantías constitucionales que le reconoce el legislador». A raíz de esto es que entonces «toda la evidencia recogida en el procedimiento policial incoado respecto de Basili Ademir Muñoz Quilempan, resulta ser ilícita, al haber sido obtenida en un proceder al margen de la ley».

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