Mujer mapuche dio a luz engrillada en octubre de 2016

Caso Lorenza Cayuhán: INDH cuestiona a fiscalía y sostiene que hubo “apremios ilegítimos”

Los funcionarios fueron formalizados por “vejaciones injustas”, pero desde el INDH mantienen dudas y consideran que podrían haber otros involucrados que no están siendo investigados por el Ministerio Público. Por Felipe Menares Velásquez.

Este miércoles, fueron formalizados tres funcionarios de Gendarmería por el delito de “vejaciones injustas” en contra de Lorenza Cayuhán, mujer mapuche que dio a luz engrillada a una camilla del Sanatorio Alemán de Concepción, hechos ocurridos en octubre de 2016.

Por decisión del Juzgado de Garantía de Arauco, Christian Pino, Andrea Concha y Cristina Segundo quedaron en libertad, pero con prohibición de acercarse a la víctima por los cuatro meses que durará la investigación. Lorenza permanece en la cárcel de Arauco, cumpliendo una condena de cinco años y un día por el delito de robo con intimidación. En el recinto penitenciario cuida de su hija Sayén.

José Cayuhán, hermano de Lorenza, dijo a los medios de comunicación que la resolución del tribunal “es un avance de la investigación que se haya formalizado. Después de un año, se ve que se está haciendo algo por generar justicia en este caso, que es emblemático, una violación importante de los derechos humanos en los últimos años. Por lo menos, lo tomamos como una avance, aunque no es el avance que quisiéramos, pero por lo menos se ha avanzado algo”.

Los descargos de José Cayuhán responden a la decisión del Ministerio Público de formalizar a los gendarmes por “vejaciones injustas” y no por el delito de tortura. Al respecto, el fiscal de Concepción, Nelson Vigueras, manifestó que “acá no existe un dolo de torturar. Lo que ocurrió es que frente al requerimiento, tanto del personal médico para que le quitaran los grilletes, esto se cumplió, tanto en los traslados, en Arauco como en Concepción, hospital regional y Clínica de la Mujer”.

“Pero el punto clave para nosotros, es precisamente que en el momento en que se le impide retirar el grillete al momento de ingresar a la sala de operaciones para la cesárea, esto no lo cumplieron los funcionarios por la propia negligencia de ellos, por no tener la llave a disposición”, agregó el persecutor.

Mapuche y mujer

El Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) presentó una querella en octubre de 2016, aunque no por el delito invocado por la fiscalía. “El año pasado, cuando conocimos estos hechos, de acuerdo al relato de la víctima y en particular del Protocolo de Estambul que se le hizo, que es un peritaje que determina la afectación de la víctima y si el relato es concordante con los hechos, estimamos que existe el delito de apremios ilegítimos, porque no existía la figura de la tortura, empezó a regir después”, relata Carolina Chang, jefa del INDH región del Biobío, en conversación con El Ciudadano.

“Lo que nosotros estamos esperando es que la investigación más bien se desarrolle también en esa parte, que la fiscalía todavía considera que no hay ilícito, que dice relación con el traslado de doña Lorenza desde el penal hasta el hospital, porque también estuvo engrillada, sin la necesidad, toda vez que no había ninguna posibilidad de fuga”, agregó la autoridad regional.

Carolina Chang

Si bien tres miembros de Gendarmería fueron formalizados, la abogada señala que desde el INDH estiman “que existen otros funcionarios que habrían participado en este trayecto y en los procesos médicos que ocurrieron en el hospital regional”.

Respecto de eventuales responsabilidades de parte del equipo de Clínica de la Mujer del Santuario Alemán de Concepción, Carolina Chang sostiene que “hasta el momento, no se puede descartar nada. Nosotros estamos tratando que sea respecto de todos aquellos que resulten responsables y dentro del parto de Lorenza había personal médico que también debe haber hecho alguna gestión, pero estamos en investigación recién”.

En lo que sí hay claridad desde el INDH es en la doble discriminación sufrida por Lorenza Cayuhán. “La misma Corte Suprema indica que la forma en que fue trasladada, el uso del grillete las 24 horas, más bien respondía al hecho de pertenecer al Pueblo Mapuche, más que por medidas de seguridad. A nuestro juicio, es un acto de discriminación por el hecho de ser mapuche y claramente por ser mujer. Es violencia obstétrica, en definitiva”, explicó la jefa regional del organismo.

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