Actuar "ilegal y arbitrario" de la policía

Categórico fallo de la Suprema en favor de haitiano detenido hace 15 días por la PDI en aeropuerto

Máximo tribunal derribó de manera contundente los argumentos de Investigaciones para impedir el ingreso a Chile de Clema Neus.

Por Daniel Labbé Yáñez

05/04/2018

Publicado en

Chile / Justicia y DD.HH / Portada

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La Segunda Sala de la Corte Suprema resolvió este miércoles un amparo interpuesto en favor de un ciudadano haitiano que permanece detenido en el aeropuerto de Santiago desde el 22 de marzo, tras ser impedido de ingresar al país por parte de la PDI.

En un contundente fallo, el máximo tribunal revocó lo resuelto por la Corte de Apelaciones de Santiago y calificó como «ilegal y arbitrario» el procedimiento de la Policía de Investigaciones en contra de Clema Neus.

En ese sentido, la Corte Suprema rechaza las razones argumentadas por la autoridad policial para impedir el ingreso a Chile de Neus, consistentes en no haber supuestamente acreditado fehacientemente el ciudadano haitiano su calidad de turista y, además, haber efectuado declaraciones falsas al agente que realizó su control migratorio, relativas a la existencia de vínculos familiares en Chile y al lugar en que pernoctaría durante su permanencia en el país.

Al respecto, el máximo tribunal establece sobre lo primero que lo único que la ley demanda es que, dado que la estadía del extranjero como turista es temporal y durante ella no puede realizar actividades remuneradas, debe acreditar “los medios económicos suficientes para subsistir durante su permanencia en Chile”. Dicho esto, se sostiene que Clema Neus «demostró al funcionario encargado de su control migratorio, que portaba 1025 dólares para solventar su estadía y que, además, contaba con pasajes de regreso (…) de manera que el costo de dichos pasajes no mermaría la suma que trajo para sus gastos personales».

Sobre las «declaraciones falsas», relativas a una reserva en un hostal, que resultaron efectivamente no ser verdad, el tribunal destaca que «lo relevante» es que el interrogatorio en donde Neus señaló aquello «resultaba improcedente», ya que el ciudadano haitiano ya había acreditado el cumplimiento del requisito de contar con los medios suficientes para permanecer como turista en Chile por un período determinado.

En ese sentido, el fallo establece que «todas las demás consultas exceden las facultades de la Policía de Investigaciones como autoridad a cargo de controlar el ingreso y egreso de extranjeros del territorio, pues con ellas en verdad no se buscaba verificar o descartar si se cumplían los requisitos (…) que sí se satisfacían (…), sino hallar indicios de una intención (…) de mutar posteriormente su calidad de turista por la de residente».

Por último, sobre la inexactitud de haber señalado Neus en el control migratorio de la PDI que no tenía parientes en Chile, la Corte Suprema destaca que, independiente de ello, «el acreditar vínculos familiares en Chile  no está considerado como presupuesto legal para quien invoque la calidad de turista para el ingreso» a nuestro país.

Son estas razones las que finalmente llevan al máximo tribunal a dejar sin efecto la prohibición de ingreso contra el ciudadano haitiano, debiendo en consecuencia ahora permitírsele entrar a Chile en calidad de turista.

«Un triunfo»

Desde la Coordinadora Nacional de Inmigrantes recibieron la noticia con «alegría», señalando que este es «un triunfo» para ellos y «de todos los que luchamos por un Chile distinto, integrado, solidario».

«Hoy la Corte de Apelaciones debe ordenar su cumplimiento y la PDI dejarlo en libertad (…) así podrá ingresar formalmente a Chile, reunirse con sus hermanos y si es su voluntad, solicitar una residencia», destacan desde la organización.

«El fallo deja en claro que el actuar de la policía es ilegal, como el de las consultas sobre las reservas de hotel, el hacer interrogatorios sobre los propósitos de venir a Chile, que basta la acreditación de tener una forma de sustento en el período de turismo y que además es legal el tener como motivación el venir con ese propósito de migrar al país, particularmente cuando no se requiere el visto consular previo como en el caso de los haitianos», destacan desde la Coordinadora.

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