Deuda Histórica

Comunero se querella contra el Estado por despojo mapuche al sur del río Bío Bío

José Lincoqueo Huenuman interpuso una querella posesoria de restablecimiento con indemnización de perjuicios contra el Consejo de Defensa del Estado de Chile, la empresa Forestal Mininco S.A y el agricultor maderero Jaime Muro Cuadra por los territorios que fueron arrebatados al pueblo mapuche asentado al sur del río Bío Bío en 1860, en el marco del genocidio perpetrado por la ocupación militar del Regimiento del Ejército de la Frontera.

Por CVN

18/02/2015

Publicado en

Chile / Justicia y DD.HH / Portada / Pueblos

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Marcha por la resistencia mapuche 2014.

Marcha por la resistencia mapuche 2014.

El werken José Lincoqueo Huenuman  procedió a interponer una querella posesoria de restablecimiento con indemnización de perjuicios ante la Corte Suprema contra el Consejo de Defensa del Estado de Chile, la empresa Forestal Mininco S.A y el agricultor maderero Jaime Muro Cuadra, por los terrenos -cuya titularidad ahora ostentan los querellados- de los que fue despojado el pueblo mapuche situado al sur del río Bío Bío en 1860 ( ahora ciudad Nueva Imperial) durante la ocupación militar perpetrada por Regimiento del Ejército de la Frontera, al mando Comandante Gregorio Urrutia, que violó los 29 tratados de paz -«llamados Parlamentos Generales, 28 de ellos celebrados durante la Colonia con la Monarquía Española y actuando como tercero la propia Iglesia Católica, y un Parlamento General Celebrado con Chile, llamado “Parlamento General de Tapihue”- cuyos efectos tampoco han sido reconocidos por las autoridades chilenas hasta el día de hoy.

La ocupación militar se saldó con el genocidio del 95% de los integrantes de la comunidad, entre los que se encontraban los antepasados directos del querellante, y los sobrevivientes -entre ellos el abuelo de Huenuman- tuvieron que atravesar el río en casi pleno invierno y «fueron acogidos como refugiados en la comunidades mapuches que viven y vivían al lado al norte del rio Chol-Chol, y la calidad de refugiados la tenemos hasta el día de hoy, sus descendientes. Fueron hechos de genocidio múltiple, cuyas desastrosas consecuencias duran hasta el día de hoy», sostiene el texto legal.

En concreto se reclaman cuatro inmuebles, «un fundo de algo más de 675 hectáreas llamado San Luis; la carretera llamada pública que va desde la plaza de Nueva Imperial hacia el noreste hasta el puente Los Boldos que atraviesa el río Chol Chol, con una extensión de 8,50 km; otro fundo llamado Casas Viejas de Boroa, de 627 hectáreas y la carretera llamada pública que va de Nueva Imperial a Temuco y que la traviesa de Este a Oeste.»

«Mi bisabuelo -Ignacio Lincolao- tenía muchos hijos, entre otros,  Huenumán a quien al ser inscrito en el Registro Civil de Nueva Imperial por primera vez, lo bautizaron como Domingo Huenumán, que al casarse y tener varias esposas a la usanza indígena, también tuvo numerosa familia, entre otras a Mauda que al ser inscrita en el Registro Civil de la ciudad nombrada, le asignaron Magdalena Huenumán, y fue mi madre, por lo cual tengo derechos absolutos sobre los dos fundos mencionados en las diferentes calidades por las cuales inicio está acción posesoria», sostiene el querellante.

Indemnización de perjuicios

En concepto de indemnización de perjuicios,  Lincoqueo Huenuman solicita «60 quintales métricos de trigo por cada año de ocupación ilegal y por hectáreas y a contar de la fecha de la inscripción del primer titulo de dominio más el IPC oficial, que es la cantidad que mis antepasados y el compareciente habríamos obtenido con mediana diligencia y cuidado del llamado fundo San Luis, el fundo Casa Viejas de Boroa y las dos carreteras bautizadas como públicas».

Puesto que no es posible la restitución de ambas carreteras, el querellante solicita a título de precio $60.000 por metro cuadrado «que es una cantidad prudente y razonable si se tiene en cuenta que la zona de San Fernando por la simple ampliación de la Panamericana Sur, se ha pagado en forma previa a sus propietarios la suma de $250.000 el metro cuadrado, que es una suma escandalosa muy próxima a la corrupción, hechos gravísimos que en forma seria y responsable probaremos en el acto del comparendo y prueba.»

Por último, por daños morales, el querellante solicita la suma de las cantidades que resulten de ambas indemnizaciones precedentes o la que el tribunal fije de acuerdo con el mérito del proceso, por «las torturas sicológicas o discriminación arbitraria cometidas por las autoridades chilenas en contra de mis antepasados, del compareciente y las comunidades de los Boldos, Soto Calfuqueo, El Peral, Cusaco y otras del sector afectadas, con violación flagrante del art. 12 Nº 5 de la Constitución de 1833, bajo cuyo imperio se cometieron esos hechos».

Revisa el texto completo: Querella Fundo San Luis-2

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