Por decisión unánime de la Corte Suprema

Confirman fallo que obliga a gendarmes a tratar a reos transgénero por su nombre social

La Corte Suprema confirmó el fallo de la Corte de Apelaciones de Antofagasta que acogió un recurso de protección de internos transgénero del penal de la ciudad y ordenó adoptar medidas para velar por su trato de acuerdo a su identidad de género

La Corte Suprema confirmó el fallo de la Corte de Apelaciones de Antofagasta que acogió un recurso de protección de internos transgénero del penal de la ciudad y ordenó adoptar medidas para velar por su trato de acuerdo a su identidad de género.

En fallo unánime, la Tercera Sala del máximo tribunal confirmó la decisión del tribunal de alzada que consideró arbitrario el actuar de la institución, al tratar socialmente con su identidad legal a las internas y modificar la forma de sus revisiones corporales.

Por lo tanto se determinaron las siguientes medidas:

«a) Gendarmería de Chile deberá velar porque su personal trate a las recurrentes por su nombre social, adoptando las medidas necesarias acerca del trato que debe dársele a las recurrentes en consideración a su identidad y expresión de género en el régimen interno cotidiano, en tanto a efectos del trato en instancias oficiales este se hará acorde con la identidad legal de éstas».

«b) Cualquier revisión corporal de que sean objeto las recurrentes se realizará con estricto apego a lo establecido en la Resolución N° 9679, de 15 de septiembre de 2014, debiendo el personal del Gendarmería a cargo de los procedimientos de seguridad limitarse a una inspección táctil superficial y, si lo estiman pertinente, ante sospechas fundadas, deberá la interna ser trasladada a la enfermería para que se le realice la revisión corporal más intensa».

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