Alrededor de 2 millones de pesos

Corte confirma multa a Nestlé por descuentos ilegales en remuneraciones de trabajadoras

Sentencia establece que el líquido a pagar a las trabajadoras afectadas, durante el mes de noviembre de 2016, alcanzó la suma de $0.

Por Daniel Labbé Yáñez

15/09/2017

Publicado en

Chile / Justicia y DD.HH / Portada

0 0


La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la multa que le aplicó la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Oriente a la empresa Nestlé Chile S.A., por los descuentos ilegales realizados en las remuneraciones de trabajadoras, en noviembre pasado.

En fallo unánime, la Cuarta Sala del tribunal de alzada confirmó la resolución recurrida, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que confirmó la multa de 40 UTM que deberá cancelar la empresa de alimentos, es decir, $1.867.720.

La sentencia concluye que el mencionado descuento realizado estaba afecto a la limitación prevista por el artículo 58 inciso tercero, del Código del Trabajo, que dispone que «sólo con acuerdo del empleador y del trabajador que deberá constar por escrito, podrán deducirse de las remuneraciones sumas o porcentajes determinados, destinados a efectuar pagos de cualquier naturaleza».

La resolución agrega que «con todo, las deducciones a que se refiere este inciso, no podrán exceder del quince por ciento de la remuneración total del trabajador». El tribunal agrega que -en ese escenario- el señalado descuento «debió serlo fraccionadamente, de modo de no exceder el límite legal previsto en la norma antes citada, lo que en el caso concreto no ha ocurrido, tanto así que el líquido a pagar a las trabajadoras afectadas, durante el mes de noviembre de 2016, alcanzó la suma de $0 (cero peso)». Y agrega: «Mal podría entonces invocarse, como lo pretende la recurrente en el caso concreto, principio alguno de protección a las remuneraciones del trabajador y su periodicidad».

Junto con ello, de acuerdo a los antecedentes integrados en la causa y a las copias simples de liquidación de remuneraciones correspondientes a las trabajadoras afectadas, «se desprende claramente que los descuentos efectuados por esta última (Nestlé) corresponden a anticipos que les fueran otorgados a aquellas por concepto de licencias médicas, sumas de dinero que al estar sujetas a reembolso o restitución por parte de las trabajadoras no son susceptibles de enmarcarse bajo el concepto de remuneración, sino que más bien se contraponen al mismo».

Síguenos y suscríbete a nuestras publicaciones