"Caso quemados"

Dictan acusación contra 13 militares (r) por ataque con fuego a Carmen Gloria Quintana y Rodrigo Rojas de Negri

El 2 de julio de 1986 los jóvenes fueron detenidos, golpeados, rociados con combustible e incendiados por un grupo de militares, quienes posteriormente los abandonaron, falleciendo finalmente Rojas de Negri.

Por Daniel Labbé Yáñez

22/09/2017

Publicado en

Chile / Justicia y DD.HH / Portada

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El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Mario Carroza, dictó este viernes acusación en contra de 13 miembros del Ejército en retiro, por su responsabilidad en los delitos de homicidio calificado de Rodrigo Rojas de Negri y homicidio calificado, en grado de frustrado, de Carmen Gloria Quintana, crímenes perpetrados el 2 de julio de 1986, en la comuna de Estación Central.

En la resolución, Carroza sindica en calidad de autores de los delitos a Nelson Medina Gálvez, Luis Alberto Zúñiga González, Jorge Astorga Espinoza, Francisco Vásquez Vergara, Iván Figueroa Canobra, Julio Castañer González, Leonardo Riquelme Alarcón, Walter Lara Gutiérrez, Juan Ramón González Carrasco, Pedro Fernández Dittus y Pedro Franco Rivas. En tanto, en calidad de cómplice acusó a Sergio Hernández Ávila, y como encubridor a René Muñoz Bruce.

En la etapa de investigación, el ministro logró establecer que durante la mañana de esa jornada tres patrullas militares pertenecientes al Regimiento de Caballería Blindada N° 10 Libertadores efectuaron labores de patrullaje en la comuna de Estación Central con ocasión de una jornada de protesta convocada para ese día. En esta labor es que una de las patrullas, comandada por el teniente Fernández Dittus, «accede a la detención de dos jóvenes, un hombre y una mujer, a quienes se sindicaba como partícipes de disturbios y en particular como autores de barricadas que habían sido instaladas en la vía pública», detalla la resolución. Esta agrega que «los jóvenes fueron reducidos por personal militar con golpes y amenazas con armas de fuego» y puestos luego contra un muro. Allí, mientras Rojas de Negri se encontraba tendido en el suelo boca abajo y con las manos sobre la nuca, y Quintana de pie con las manos en alto apoyadas contra la pared -«de manera que bajo esas condiciones ya no representaban un peligro ni había posibilidad que tuvieran alguna reacción defensiva que implicara evadir su retención», según se lee en el fallo- «son rociados sus cuerpos con combustible y mediante el empleo de un elemento adicional, se les prende fuego».

A consecuencia de esa acción, añade Carroza, «se incendian sus ropas y resultan ambos con sus cuerpos quemados en una importante proporción, recibiendo la ayuda y el auxilio de algunos conscriptos que lograron apagar el fuego empleando para ello frazadas y sus parkas».

Julio Castañer

De acuerdo a lo que expone la resolución, posteriormente los oficiales Fernández, Figueroa y Castañer se reúnen y toman la decisión conjunta acerca del destino de los jóvenes, para lo cual ordenan a suboficiales y conscriptos subirlos al camión HINO conducido por Hernández y trasladarlos hasta un sector cercano a la intersección de las calles San Pablo con Américo Vespucio.

Allí nuevamente se reúnen los oficiales y acuerdan ahora su traslado a la camioneta a cargo del teniente Fernández Dittus, instruyendo a suboficiales y conscriptos en esta labor. El vehículo emprende nueva marcha, acompañado esta vez sólo del que estaba a cargo del teniente Castañer y su grupo hasta un sector interior de Lo Boza en la comuna de Quilicura. «En una zanja finalmente los abandonan heridos, a su suerte, de manera de favorecer la impunidad de sus actos y sin haberles prestado ninguna ayuda médica dada la gravedad de sus heridas, no obstante las víctimas haberse quejado de su condición y por lo demás, ésta era evidente», precisa Carroza.

Además, el ministro agrega que estos hechos «fueron puestos íntegra y detalladamente en conocimiento del Comandante del Regimiento N°10 Libertadores, Coronel René Aníbal Muñoz Bruce, quien acordó con ellos no comentarlos, y decide no darle cuenta a sus superiores, ocultando lo ocurrido, de manera de facilitar la impunidad«, lo que mantiene por casi 15 días. Finalmente, el oficial se ve forzado a entregar dicha información a sus superiores y reconoce la participación de las tres patrullas de su regimiento, «solo cuando la propia institución mediante una investigación interna determina la individualización de los responsables y los hechos, dada la presión del caso, salen a la luz pública, situaciones que de no haber ocurrido, habrían significado un silencio indefinido», concluye Carroza.

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