CIUDAD DE PUEBLA, 30 DE ABRIL DE 2025. Multas de hasta 526 mil pesos podrían ser la sanción por trabajador a empresas en el estado de Puebla si para hoy 30 de abril, no cumplen con el pago a sus trabajadores del Reparto de Utilidades, derecho constitucional de cada integrante de las Fuerzas Productivas a participar de una porción de las ganancias anuales de la empresa que contrata sus servicios.
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Sobre este tema, Juan Carlos Silva Ramírez, representante del Colegio de Contadores Públicos de Puebla, recordó ante medios de comunicación que éste es un derecho al que acceden todos los trabajadores que hayan laborado para una empresa al menos seis meses.
Desglosó la disposición, presente en la Ley Federal del Trabajo, que los asalariados reciban de forma conjunta el 10 por ciento de lo que los Propietarios de los Medios de Producción que los recluta en su fuerza laboral hayan declarado bajo el concepto de «utilidades» ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Aunque precisó que si una empresa no generó utilidades durante el periodo declarado, quedará exenta de pagar este derecho.
Silva Ramírez señaló la importancia de cumplir con la entrega de este recurso, previsto en la ley para el trabajador, pues además que el trabajador ya suele tener contemplado ese ingreso en su horizonte financiero, son muy claras las sanciones que se activan en su incumplimiento.
En ese sentido, informó que las multas para los patrones que no paguen van de 250 hasta 5 mil UMAS (Unidad de Medida y Actualización), que corresponde a pagos de entre 28 mil 285 a 526 mil 700 pesos.
Apuntó que esta sanción aplica por cada trabajador que no haya recibido Reparto de Utilidades, por lo que omisiones comprobadas desembocarán en multas elevadas, lo que además puede derivar en revisiones por parte del SAT.
«Para efectos de revisar ingresos y deducciones, así como la información que se presentó a través de la declaración anual del Impuesto Sobre la Renta correspondiente al ejercicio 2024».
Expuso que la Secretaría de Trabajo y Previsión Social es la que debe dar seguimiento a las denuncias por falta de utilidades, mientras que el trabajador puede acudir al SAT para verificar si la empresa declaró utilidades y cuánto.
FOTOGRAFÍA: AGENCIA ENFOQUE
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