«Es un fallo aberrante»: Abogado tras resolución adversa para mujer obligada a desnudarse en comisaría

Fernando Leal, representante de kiosquera que denuncia trato vejatorio

El pasado 26 de abril el abogado Fernando Leal Aravena interpuso un recurso de amparo en la Corte de Apelaciones de Talca en favor de la comerciante Marisol del Carmen Romero Gárnica y de la contadora Katherinne Yáñez Romero, y en contra de Carabineros de la Quinta Comisaría de San Javier y de la Fiscalía Local de San Javier.

En su acción legal, el jurista denunció que la mañana del jueves 25 de abril, mientras Marisol Romero se encontraba junto a su amiga Katherinne abriendo el kiosko de golosinas y florería que tiene en el Cementerio Parroquial de San Javier, llegaron dos funcionarios de Carabineros en moto, quienes le indicaron que la llevarían detenida debido a que la locataria que administraba una florería al lado suyo -Marcela de la Fuente Espíndola- «los había llamado denunciando supuestas amenazas de muerte». La mujer les señaló a los uniformados que «eso era imposible, que ella recién estaba abriendo su negocio y que tales hechos no habían ocurrido», según se lee en una posterior resolución judicial.

De acuerdo a lo expuesto por el abogado, «durante el traslado a la Comisaría, la amparada solo alcanzó a llamar a su marido, y posteriormente le quitaron su celular, la hicieron firmar algo que por los nervios no recuerda en qué consistía y la obligaron a desvestirse para revisarla, siendo un acto absolutamente humillante e incómodo para la amparada, ya que además se encontraba con su periodo menstrual, siendo posteriormente llevada al calabozo, donde estuvo por cerca de tres horas».

Abogado Fernando Leal

Junto con ello Leal destacó en su recurso de amparo que la mujer sufre de hipertensión y que está al borde de una diabetes, por lo que sus familiares pidieron llevarle alimentos adecuados durante las horas de encierro, lo que no habría sido permitido por los policías a su cargo.

La mujer destacó igualmente que en ese contexto los uniformados le comunicaron que sería puesta a disposición del tribunal al día siguiente para ser sometida a un control de detención, lo que finalmente no ocurrió, ya que fue dejada en libertad alrededor de las 14:30 horas del mismo día.

Finalmente, el 8 de mayo pasado la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Talca rechazó el recurso de amparo interpuesto por el abogado Fernando Leal en favor de la kiosquera, argumentando el tribunal que «el actuar de la Fiscalía Local de San Javier y Carabineros de Chile lo ha sido dentro del ámbito de sus atribuciones y del marco legal».

«Carabineros falta a la verdad»

En conversación con El Ciudadano y en oposición a lo resuelto por el tribunal de alzada talquino, el abogado Leal destaca que hay sentencias recientes de la Corte Suprema que han establecido que lo obrado por los funcionarios de Carabineros en este caso no es procedente. En ese sentido, el jurista declara que «por lo tanto, creemos que lo resuelto por la Corte de Apelaciones de Talca es un fallo absolutamente aberrante, contrario a derecho y a los tratados internacionales a los que nos encontramos obligados; es un fallo sacado de tiempo pretéritos, parece de los años ’80».

En este contexto, agrega que «es preocupante que ministros de las cortes de Apelaciones estén resolviendo estas materias de esta manera», adelantando que el aludido fallo ya fue apelado en la Corte Suprema, donde esperan que se revierta y que se acoja finalmente el amparo.

A juicio de Leal, en el actuar de los carabineros de la Quinta Comisaría de San Javier «hubo sin duda un trato discriminatorio y una desigualdad ante la ley». El jurista explica que su representada y la locataria vecina de la florería tienen un historial de problemas que se remonta al tiempo en que Marisol Romero comenzó con la venta de flores, lo que ha motivado diversas denuncias cruzadas. Y una de ellas, por amenazas de muerte, es la que -asegura el abogado- había realizado la tarde del día anterior a ser arrestada Marisol ante Carabineros de San Javier.

«En ningún caso generó un procedimiento, como el que hubo al día siguiente contra ella, por lo que aparece como muy extraño que en ese contexto de denuncias cruzadas se haya llevado a cabo una detención en su contra, sin que existiese flagrancia, ni al parecer orden de la Fiscalía», denunció Leal al respecto ante la Corte de Apelaciones, agregando que «con una prepotencia y arbitrariedad inusitada», los uniformados no quisieron revisar los antecedentes de la aludida denuncia del día anterior.

El abogado sostiene en diálogo con El Ciudadano que, en segundo término, «Carabineros falta a la verdad en lo que informó en el recurso de amparo, toda vez que entregan un documento que se llama ‘estado de salud’ donde dicen que mi representada no tiene ninguna enfermedad, que no toma ningún medicamento, y en el mismo documento caen en contradicciones al señalar el medicamento que ella está usando».

Por último, Leal apunta que su representada «fue obligada a desnudarse en el calabozo, estando en pleno período menstrual». En ese sentido, advierte que las distintas normas internacionales, «de las cuales Carabineros se ha hecho eco porque ha ajustado sus procedimientos, establecen que una persona que está en una situación de detención, está en una situación de vulnerabilidad, por lo tanto no se puede hablar de que hay ‘voluntariedad’ cuando se le exige hacer esto». En esa misma línea, el abogado agrega que de acuerdo al artículo 89 del Código Procesal Penal, Carabineros está facultado para hacer un examen de las vestimentas del detenido o detenida, «pero no un examen corporal, que es algo distinto, y menos aún ordenar que alguien se desnude».

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