Francisco Frei a prisión: El hermano e hijo de presidentes deberá cumplir lo que le queda de su condena tras las rejas

"No parece que una pena cumplida en libertad sea eficaz para una reinserción social", determinó el tribunal de alzada.

Por Leonardo Buitrago

24/05/2023

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Frei

La Corte de Apelaciones de Santiago revocó este miércoles la libertad condicional otorgada a Francisco Frei Ruiz-Tagle, hermano del expresidente Eduardo Frei, y quien fue condenado por varios delitos económico.

El tribunal de alzada, ordenó -en fallo dividido- que el hermano del expresidente cumpla los cinco años con cárcel efectiva.

“Se revoca, en lo apelado, la sentencia de veinticuatro de marzo del presente año, que otorgó al sentenciado la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva por el término de la condena, y en su lugar se decide, que el condenado señor Francisco Frei Ruiz Tagle, deberá cumplir efectivamente la pena de cinco años de presidio menor en su grado máximo a la que fue penado por la resolución en comento”, indica el fallo el Corte.

Cabe recordar que el caso contra el ingeniero comenzó el 16 de agosto de 2019, cuando se autodenunció por irregularidades financieras.

En marzo pasado y en un juicio abreviado, el tribunal acreditó los delitos de estafa, apropiación indebida, administración desleal, giro doloso, uso malicioso de instrumento público y privado mercantil falso y delito de la ley de almacenes generales de depósito, a través de Saturno, una empresa de su hermano, el exmandatario.

En esa oportunidad, Francisco Frei Ruiz-Tagle aceptó los cargos en pos de obtener una pena en libertad.

Según información consignada por Radio Bío Bío, el fallo fue dividido, es decir, fue 2-1. En esta línea, la Corte informó que “acordado lo anterior, con el voto en contra del abogado integrante señor Sebastián Hamel Rivas, quien fue del parecer de confirmar, en lo apelado, la sentencia en alzada, en virtud de sus propios fundamentos”.

En su dictamente, la Corte de Apelaciones planteó que «la variedad y multiplicidad» de delitos que por 14 años cometió el exdirector de TVN hacen evidente que «tuvo un total desprecio por las normas jurídicas y una actitud refractaria frente el sistema legal chileno».

El fallo planteó que son «ilícitos cuya penalidad es la más alta de los simples delitos y que por su reiteración los haría merecedores de penas de crimen de acuerdo a las reglas establecidas Código Penal y Código Procesal Pena».

El tribunal de alzada sostuvo que «el modus operandi utilizado por el condenado para realizar sus conductas ilícitas es particularmente reprochable, toda vez que se aprovechó de la calidad de expresidente de la República de su hermano señor Eduardo Frei Ruiz Tagle -también víctima en esta causa- para efectos de obtener ilícitamente los dineros de las diversas víctimas agraviadas en este proceso».

Debido a ello, establecieron que, «no parece que una pena cumplida en libertad sea eficaz para una reinserción social, ni menos aún que se evite con esa forma de cumplimiento, la reincidencia del condenado».

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