Isapre avisó por teléfono el fin de cobertura adicional de afiliado que estaba en la UCI

  El pasado 10 de enero, Juan Taladriz García ingresó al servicio de urgencia de la Clínica Alemana de Valdivia en situación de riesgo vital, con dificultades respiratorias y compromiso de conciencia, entre otras condiciones

Por Daniel Labbé Yáñez

22/04/2016

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Enfermo

 

El pasado 10 de enero, Juan Taladriz García ingresó al servicio de urgencia de la Clínica Alemana de Valdivia en situación de riesgo vital, con dificultades respiratorias y compromiso de conciencia, entre otras condiciones. Fue trasladado a la UCI y conectado a ventilación mecánica, según el informe expedido por el Médico Jefe de la Unidad de Paciente Crítico, Mario Calvo Arellano.

Mientras el paciente se encontraba aún hospitalizado, el 4 de marzo, su hija María José Taladriz recibió una llamada telefónica desde la Isapre Consalud en donde le comunicaban que en una semana más darían término a la cobertura adicional para enfermedades catastróficas (CAEC) con el que contaba su padre.

María José decidió recurrir a la justicia e interponer un recurso de protección en contra de Consalud, por considerar que la medida vulnera el derecho a la protección de la salud garantizado en el Artículo 19 n° 9 de la Constitución «al poner en riesgo la vida del paciente, quien no puede respirar por sí sólo, ni alimentarse por sí mismo, y la del 24 de la misma disposición constitucional, al hacer que asuma el costo de la hospitalización de la clínica, generando una merma en su patrimonio». Junto con ello, solicitó que se ordene a la isapre a seguir financiando con cargo a la CAEC a su padre.

Consalud

Ante el requerimiento, Consalud respondió que se allanaría al recurso de protección y que al evaluar nuevamente los informes médicos presentados se habría revocando dicha decisión, manteniéndose vigente la cobertura del afiliado, la que «subsistirá mientras se cumpla con los requisitos normativos para la concurrencia de este tipo de cobertura».

No obstante, la Corte de Apelaciones de Valdivia acogió el mencionado recurso de protección, ordenando a la isapre «seguir financiando con cargo a la cobertura adicional para enfermedades catastróficas la hospitalización prescrita hasta que su médico tratante lo determine». Junto con ello, el tribunal consideró «ilegal y arbitraria» la decisión de Consalud.

El Ciudadano

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