Corte Suprema calificó el acto como "ilegal" y "arbitrario"

Justicia acoge recurso contra BancoEstado por descuento de deuda desde chequera electrónica

La Corte Suprema acogió el recurso de protección presentado en contra del BancoEstado por el descuento de más de 600 mil pesos desde chequera electrónica, por una supuesta deuda impaga de préstamo

Por Felipe Menares

21/04/2017

Publicado en

Chile / Justicia y DD.HH

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La Corte Suprema acogió el recurso de protección presentado en contra del BancoEstado por el descuento de más de 600 mil pesos desde chequera electrónica, por una supuesta deuda impaga de préstamo.

En fallo unánime, la Tercera Sala del máximo tribunal determinó el actuar ilegal y arbitrario de BancoEstado al descontar desde la chequera electrónica la deuda que mantendría Leticia del Carmen Pastenes Núñez con la institución bancaria.

«(…) sí debe entenderse a esta instancia como la erigida para cautelar que las garantías constitucionales no sean vulneradas y proteger a los ciudadanos de dichas contravenciones; ello es lo que ha ocurrido en este caso, en que a una persona se le está descontando de su chequera electrónica una importante cantidad de dinero por una deuda que se remonta al año 2008 -y transcurridos más de 5 años desde el último descuento- sin que tenga la posibilidad de defenderse con las herramientas procesales que contempla la Ley; actuación de la recurrida que por lo anterior se torna arbitraria y debe ser remediada por esta vía cautelar», sostiene el fallo.

La resolución agrega que: «de lo señalado precedentemente aparece de manifiesto que la recurrida incurrió en un acto ilegal y arbitrario que perturba la garantía constitucional contemplada en el artículo 19 Nº 24 de la Constitución Política de la República, puesto que afecta el patrimonio de la actora y su derecho de propiedad».

Por lo tanto, concluye: «se acoge el recurso deducido por doña Leticia del Carmen Pastenes Núñez y se ordena al Banco Estado restituir la suma de $674.023 que fuera descontada de su chequera electrónica y abstenerse en lo sucesivo de efectuar otros descuentos hasta iniciar las acciones judiciales de cobro que correspondan, en su caso».

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