Justicia declara inadmisible recurso de amparo de 29 reos de Punta Peuco que pedían cumplir su pena «en casa»

Como «inadmisible» declaró la Corte de Apelaciones de Santiago el recurso de amparo presentado por 29 ex militares condenados por violaciones de derechos humanos, quienes, en medio de la emergencia por la propagación del coronavirus, buscaban cumplir sus penas bajo el régimen de «arresto domiciliario»

Por Absalón Opazo

05/04/2020

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Como «inadmisible» declaró la Corte de Apelaciones de Santiago el recurso de amparo presentado por 29 ex militares condenados por violaciones de derechos humanos, quienes, en medio de la emergencia por la propagación del coronavirus, buscaban cumplir sus penas bajo el régimen de «arresto domiciliario».

La resolución, citada por Radio Biobío, fue dictada por los ministros Dobra Lusic, Alejandro Rivera y el suplente Rafael Araneda, quienes establecieron que en el caso de los represores, «no hay derechos constitucionales conculcados».

«Que los antecedentes expuestos en el recurso no dan cuenta de hechos que, según el artículo 21 de la Constitución Política de la República, correspondan a aquellos susceptibles de la cautela impetrada por esta vía, puesto que se refieren a políticas públicas impulsadas desde la Presidencia de la República; por lo cual la acción de amparo deducida no puede ser acogida a tramitación. Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso deducido», afirma el fallo.

Recordemos que el recurso de amparo fue presentado el pasado 1 de abril, por Alfred Cooper, obispo de la Iglesia Anglicana; Fernando Montes, sacerdote jesuita; el asistente pastoral Fernando Escudero; el pastor adventista Ricardo Pereira; y el directivo de la iglesia cristiana y médico neurólogo, Jorge Flefel.

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