Investigadora en Derecho Penal y experta en terrorismo

Myrna Villegas: «Más antiterrorismo sólo acarrea peligro para los propios ciudadanos»

Con un nutrido currículum como investigadora y abogada defensora en casos de Derechos Humanos, Villegas se ha hecho un nombre entre en el país y como teórica de terrorismo y criminología a nivel internacional. Dirigió el Centro de Investigaciones Jurídicas de las Universidad Central, colabora con el Centro de Investigación y Defensa SUR, como Encargada de la Unidad de Estudios, organización que lleva adelante casos de Derechos Humanos, especialmente en juicios contra mapuche.

Por Leonel Retamal

18/11/2014

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La experta es una eminencia en Chile, al punto que sus investigaciones son analizadas y citadas en diversos casos e incluso una de sus líneas argumentales fue referenciada en la audiencia de formalización de los tres acusados por el bombazo en el Subcentro de Escuela Militar. Ella sale al paso de esta mención y entramos de lleno en el tema.

-Yo jamás he dicho que el terrorismo consiste sólo en la causación de temor. He dicho que el terrorista ocupa siempre el miedo o el temor, como un medio para alcanzar una finalidad política, que es oponerse a la libre determinación de un pueblo. Ese es el sentido.

Hay muchas definiciones sobre terrorismo, pero una de las que se quiere instalar es que terrorismo lo constituyen igualmente los actos de una persona. ¿Es posible esto de acuerdo a sus investigaciones?

Esa es una tesis equivocada, pero esto hay que analizarlo en el contexto internacional. Hoy día estamos enfrentados a una política antiterrorista que ha sido impuesta por EE.UU. y, por lo tanto, todo lo que aquí sucede a ellos les interesa, considerando que Chile está en una posición geográfica estratégica y, además, es uno de los más ricos de Latinoamérica. Es absolutamente necesario para EE.UU., que Chile se pliegue a sus políticas antiterroristas.

Creo que existe aquí una dirección hacia la generación de temor en el pueblo chileno, pero que no es atribuible exclusivamente al conservadurismo, sino que está inmersa en toda una estrategia norteamericana de consecución de aliados para su guerra contra este nuevo enemigo ISIS.

¿Cómo están alineando a Chile?

{destacado-1} Según los norteamericanos, las organizaciones han ido cambiando de forma. Ya no es posible advertir las organizaciones que en su momento fueron catalogadas como terroristas o las marxistas leninistas, de carácter vertical, jerárquico, organizado. Ahora se está hablando de las teorías de redes o nodos, en donde participarían grupos o células.

Pero me parece que estas teorías tendrían que probarse, y veremos si esos grupos son capaces de poner en peligro el orden institucional, pero yo no creo que un grupo de tres personas, con una bomba de pólvora negra, sea capaz de eso. Lo que sí me parece peligroso es que existan grupos que estén llevando a cabo una estrategia de este tipo y que, además, tengan lo medios. Entonces, ahí cabe la pregunta ¿de dónde vienen los bombazos aquí en Santiago de Chile? ¿A qué están respondiendo y por qué en este contexto?

Justamente una bomba en el Metro Los Dominicos coincide con las reformas que se estaban impulsando en el Congreso. Entonces ¿qué provoca esa bomba y posteriormente la de Escuela Militar? Que inmediatamente la dirección de la reforma de la Ley Antiterrorista cambia y se comienza a hablar de terrorismo individual. Esta es una creación jurídica, no es una creación de carácter fenomenológico, ni mucho menos sociológico.

¿Cuál sería la interpretación correcta?

El primer terorrista es el Estado. Entonces, si este es el primer concepto conocido, es evidente que cualquier otro que se quiera acuñar respecto de algún terrorismo insurgente o subversivo, tiene que tener más o menos las características de un Terrorismo de Estado, es decir, una organización terrorista debería constituirse en una especie de micro-estado, dentro del Estado.

Cualquier otro concepto desde el punto de vista jurídico, independiente de si se pone en un tipo penal, debe tener estos elementos: violación a los derechos humanos fundamentales, estrategia masiva y sistemática, organización, porque es esta la que cualifica la violencia y la que permite llevar a cabo una estrategia, no una célula de tres personas. Y, además, la finalidad de atentar contra un orden institucional que ha sido legítimamente constituido por un pueblo, en su derecho a la libre determinación.

Hace algunos días, el subsecretario Aleuy señaló que harían falta 17 millones de Carabineros para controlar los bombazos, es decir, llamando a cada chileno a ser un delator ¿Qué efecto puede generar este tipo de llamados a la población?

{destacado-2} Creo que hay una tozudez de parte del poder político, no sé si consciente o inconsciente, en insistir en lo que el Estado llama terrorismo, que podría ser perfectamente violencia social. No se han preocupado de mirar los ejemplos de cómo se terminó el terrorismo en otros países.

En España se hicieron muchas reformas para calificar un delito de terrorista. Pero todas esas reformas no significaron nada. No es la eficacia policial. El problema del terrorismo o de la violencia política, es un problema de falta de discusión política. ¿Cómo se terminó el IRA? Con el acuerdo de Stormont (Acuerdo de Viernes Santo o Acuerdo de Belfast). Más de 100 años duró el IRA. ¿Cómo se terminó la ETA? Con acuerdos políticos, cuando se sentaron a discutir. Mientras no se termina con los problemas que crean la violencia, la violencia sigue existiendo.

Entonces, mirar solo la experiencia de la prevención policial o de la eficacia policial o legislativa o la cooperación judicial-policial entre los Estados, me parece que es una pantomima, ya que es absolutamente absurdo pensar que así se va a terminar con la violencia social o con la violencia política. La inteligencia y la represión no tienen ninguna efectividad.

¿Qué se puede decir de la propuesta de agentes civiles de la ANI?

Creo que la ANI ya tiene instrumentos suficientes dentro de su ley. Creo que hay muchos de estos agentes que han estado siendo ocupados, o que hay prácticas que ya estaban siendo utilizadas y ahora, simplemente, quieren legitimar esas prácticas frente a los ojos de la población.

El mayor peligro del terrorismo, no es el terrorismo mismo, sino el contraterrorismo o el antiterrorismo, porque todas estas políticas de eficacia, de prevención policial, lo único que contribuyen es alcanzar potencialmente a toda la ciudadanía y alcanzar a actividades que son ajenas al terrorismo mismo. Más antiterrorismo sólo acarrea peligro para los propios ciudadanos.

Se habló también de algunos bombazos pudieran, de todas formas, constituir “actos terroristas”…

Si uno mira la legislación chilena, el tipo penal es tan amplio y tan abierto, que prácticamente cualquiera puede caber. En el tipo penal la finalidad de causar temor en la población o en parte de ella, se da por probada porque, o bien obedece a un plan premeditado de atentar contra una categoría de personas –que es la tesis que ha sustentado el Ministerio Público, respecto de los incendios en el sur: que atenta contra los agricultores, contra un determinado sector-, y lo otro es por la naturaleza de los medios empleados, que es abierto. Es decir, no necesariamente una bomba, también podría ser una boleadora, un cuchillo… cualquier cosa.

Y lo otro, es la finalidad de arrancar resoluciones a la autoridad o inhibirle resoluciones o imponerle exigencias. De esta forma, cualquiera que lance una bomba molotov, exigiéndole al gobierno que cambie la educación podría ser considerado terrorista. ¿Cuál es el problema? Que tienen que probar que la finalidad que tenía el sujeto era específicamente en ánimo interno de causar temor. No es una cosa objetiva.

Si usted me pregunta ¿son actos de terrorismo de acuerdo a la ley chilena? ¡Claro! como lo puede ser cualquier otro acto, todo depende de la voluntad del operador de turno y ese es el problema, que nosotros como ciudadanos, no podemos quedar a merced de la apreciación del fiscal de turno, porque las suspensiones de garantías que contempla la Ley de Conductas Terroristas son graves.

Entonces ¿Qué está ocurriendo en la práctica?

En los últimos juicios sobre terrorismo, y voy a recordar especialmente el caso del Machi Celestino Córdova, se califica la conducta terrorista, se lleva a cabo todo un procedimiento acorde a esta ley y finalmente se llega a determinar que, por lo menos uno de los delitos era un delito común, y en otros casos -en particular el caso del Fiscal Elgueta- se llegó a determinar que todos los cargos eran delitos comunes.

A mí eso me parece una esquizofrenia penal. ¿Cómo se aplica todo el procedimiento de la Ley de Conductas Terroristas, para que al final el juez diga “Uy, perdón, me di cuenta que esto no era terrorismo”? Nunca se debió haber aplicado todo este procedimiento.

Artículo publicado en la edición N° 158 de El Ciudadano, Octubre 2014

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