Debate de vuelta del TC a la sociedad

Objeción de conciencia: 80% de trabajadores UC respalda realización de aborto en 3 causales

Luis Orellana, dirigente del Sindicato de Salud UC, apuntó al rector Ignacio Sánchez al reclamar que una ley debiera aplicarse por igual para todos y "no debiera admitir que una persona pueda desecharlo”. La encuesta realizada por la organización, cuyos socios superan las mil trabajadoras y trabajadores, indica un contundente respaldo a aplicación de la normativa de aborto. La sentencia del Tribunal Constitucional que reconoce la objeción de conciencia "institucional" es cuestionada por los trabajadores.

Por Javier Paredes

30/08/2017

Publicado en

Chile / Justicia y DD.HH / Portada

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El fallo del Tribunal Constitucional (TC) ante la impugnación por parte de Chile Vamos del proyecto de despenalización del aborto en tres causales, apiló la reforma impulsada por la presidenta Michelle Bachelet junto a otras que han quedado en tela de juicio ciudadano. Los aplausos que acompañaron el anuncio del fallo el pasado lunes 21 de agosto -que amplió la objeción de conciencia a nivel institucional- dio paso a la desorientación, la crítica y el enmudecimiento, dejando una sola voz en pie y celebrando: la del rector de la Pontificia Universidad Católica de Chile (PUC) y vocero oficioso del Estado Vaticano, Ignacio Sánchez.

Es que la PUC es propietaria de una importante red de salud, a cargo de quince centros médicos y de servicios de diversa naturaleza junto a tres recintos hospitalarios. Éstos fueron representados en el alegato que ante el TC hizo Sánchez. Y el fallo del Tribunal -que durante la jornada del presente lunes hizo pública su redacción- consideró en su sentencia tales alegatos. Por un lado, resolvió que no había sustento para impugnar la despenalización del aborto en las tres causales: riesgo de la vida de la madre, inviabilidad fetal y violación. Por otro, concedía a la Iglesia Católica una herramienta jurídica para dibujar un territorio autónomo de las leyes del Estado y no aplicar la ley resuelta democráticamente.

Bemoles del fallo del TC

Se trata de la objeción de conciencia. En el proyecto de ley aprobado en el Congreso, se indicaba que las instituciones de salud estarían obligadas a prestar el servicio, sin poder acogerse a este recurso: “la objeción de conciencia es de carácter personal y en ningún caso podrá ser invocada por una institución”, señalaba el proyecto. Y, en otro pasaje, especificaba que “invocando la causal número 1 (riesgo de vida de la madre) del inciso primero del artículo 119, quien haya manifestado objeción de conciencia no podrá excusarse de realizar la interrupción del embarazo cuando no exista otro médico cirujano que pueda realizar la intervención. Tampoco podrá excusarse si es inminente el vencimiento del plazo establecido en la causal del numeral 3 (violación)”.

En el fallo del TC se corrigen ambas afirmaciones, aclarando que la objeción de conciencia es de “carácter personal y podrá ser invocada por una institución”. La sentencia agrega que “el establecimiento tendrá la obligación de reasignar de inmediato otro profesional no objetante a la paciente”, por lo que si un médico que manifestó dicha objeción es requerido para llevar a cabo un aborto -dentro de las tres situaciones que señala la ley-, deberá dar aviso de inmediato al director del lugar para que la mujer sea derivada a otro profesional.

En caso de que la paciente se encuentre en riesgo vital -necesitando atención de forma inmediata- el fallo explica que “quien haya manifestado objeción de conciencia no podrá excusarse de realizar la interrupción del embarazo”, en especial cuando no exista una persona alternativa para realizar el procedimiento.

Ignacio Sánchez, rector PUC

Aplaude la Iglesia Católica

Las declaraciones del rector de la PUC, Ignacio Sánchez, celebraron el fallo y dieron cuenta de su envalentonamiento. Apuntó que se habría reconocido la “misión institucional de la universidad” y que la herramienta jurídica debía extenderse a su cuerpo académico que desempeña labores en el sistema de salud. Señaló en entrevista con Emol que ellos «tienen un contrato de dedicación exclusiva» y «ellos podrán objetarse en conciencia en esos sistema de salud». ¿Qué pasaría si no lo hacen?:“Habrá que conversar con ellos», declaró amenazante.

La pregunta cae de cajón. Si las instituciones las hacen las personas, ¿de quién es la conciencia que objeta cuando es ésta una objeción institucional?

¿De quién es la «conciencia institucional»?

Luis Orellana participa del directorio del Sindicato de Salud UC desde 2008. La instancia que reúne a más de mil auxiliares, técnicos y administrativos, no se siente representada por las declaraciones de Sánchez. En conversación con El Ciudadano, Orellana apuntó que han realizado consultas a las y los afiliados de la organización, y los resultados arrojan que “cerca del 80% de los encuestados -del cual a su vez el 70-80% son mujeres- están a favor de esta legislación (aborto en tres causales)”.

De este modo, declaran que consideran que su propia conciencia se vería suplantada en caso de aplicarse la objeción de conciencia. Y acusan que como trabajadores estarían en una situación similar a la de un “corralito” para la prestación de determinados servicios.

Luis Orellana

Orellana señala que “según nuestros beneficios obtenidos a través de negociación colectiva, estamos obligados a atendernos en la universidad. Entonces, hay beneficios a los que no se podría acceder” gracias a la anunciada objeción de conciencia institucional. Agregó que una ley debiera aplicarse por igual a todos y “no debiera admitir que una persona pueda desecharlo”, cuestionó el dirigente, refiriéndose a la postura adoptada frente al aborto en tres causales por el rector Sánchez.

¿Qué ocurriría en caso de que una funcionaria o una hija de alguien que forma parte del personal tuviera que realizarse un aborto? “Nosotros tenemos los fondos, pero su uso está restringido a la propia Red de Salud UC”, sentencia Orellana.

En este contexto, el miembro del directorio del Sindicato de Salud UC anuncia que requerirán información a la institución, en particular sobre este último punto. En caso de resultar en negativa, anuncia que podría venir otro tipo de iniciativas: “Si la empresa opta por negar el derecho, tendremos que pronunciarnos”, concluye.

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