Valparaíso

Once miembros (r) de la Armada y un PDI procesados por secuestro y torturas a niño de 15 años en 1973

El ministro en visita para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Jaime Arancibia, sometió a proceso y decretó la  prisión preventiva para 11 miembros en retiro de la Armada y un funcionario de la PDI, por el delito de secuestro con grave daño de Marco Contardo Guerra

Por Daniel Labbé Yáñez

06/09/2016

Publicado en

Chile / Justicia y DD.HH

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Armada chile

El ministro en visita para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Jaime Arancibia, sometió a proceso y decretó la  prisión preventiva para 11 miembros en retiro de la Armada y un funcionario de la PDI, por el delito de secuestro con grave daño de Marco Contardo Guerra.

En la resolución, el magistrado encausó a  Ricardo Riesco Cornejo y Guilfor Aracena Rojo (PDI) como autores de delitos de detención ilegal y secuestro con daño grave.  Además se encausó a Alejo Esparza Martínez, Bertalino Castillo Soto, Sergio Hevia Febres, Valentín Riquelme Villalobos, Gilda Ulloa Valle, Jaime Lazo Vega, Héctor Santibáñez Obreque, Juan Reyes Basaur, Juan Jorquera Terrazas y Jaime Riesle Wetherby, como autores en el delito de secuestro con grave daño.

De acuerdo a los antecedentes, los hechos se registraron en horas de la madrugada del 12 de octubre de 1973, cuando la víctima tenía 15 años y «fue detenida en su domicilio en Playa Ancha Valparaíso junto a su madre y su abuela, por un destacamento de la Armada a cargo de un oficial y además por un detective de Investigaciones, siendo llevados hasta la Academia de Guerra Naval, donde fue sometido a torturas, aplicándosele golpes y corriente eléctrica, por personas no identificadas pues tenía la vista vendada, siendo obligada su madre  a presenciar el maltrato. Posteriormente fue llevado detenido al barco Lebu –atracado en Valparaíso- y al cabo de dos semanas fue liberado».

Según consta en la investigación, Marco Contardo «posteriormente, fue detenido nuevamente por personal de la Armada a principios del mes de noviembre de 1973, siendo llevado hasta la Academia de Guerra Naval donde fue sometido a tormentos, siendo liberado a principios de diciembre de ese año».

Los procesados, una vez notificados del auto de procesamiento, deberán ser conducidos a los recintos que la Armada y la PDI designen, para cumplir con la prisión preventiva.

Fuente: pjud.cl

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