El menor acompañaba a su madre a su lugar de trabajo

Ordenan a municipio de La Florida indemnizar a familia de niño fallecido en colegio tras caída de arco de fútbol

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que ordenó a la Corporación de Educación y Salud de La Florida pagar la suma total de $ 60 millones a la familia de un niño que falleció en el colegio Indira Gandhi, el 9 de enero de 2014

Por Felipe Menares

26/10/2017

Publicado en

Chile / Justicia y DD.HH

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La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que ordenó a la Corporación de Educación y Salud de La Florida pagar la suma total de $ 60 millones a la familia de un niño que falleció en el colegio Indira Gandhi, el 9 de enero de 2014.

En fallo unánime, la Duodécima Sala del tribunal de alzada ratificó la resolución recurrida, dictada por el Séptimo Juzgado Civil de Santiago, que acogió la demanda presentada por los padres de Marco Abadie González, quien perdió la vida al caerle un arco de fútbol, cuando acompañaba a su madre a su lugar de trabajo.

El fallo confirmado establecía “el deber de cuidado importaba que la demandada anclase los arcos de fútbol de un modo tal que estos no cayeran sobre persona alguna que pudiere encontrarse en el lugar”.

A su vez, la resolución judicial considera que “no es válido acá conjeturar, como lo hace la demandada, que el hecho se pudo haber verificado de todas formas, pero por otra actividad del menor, pues lo que interesa en autos es referirnos a un hecho puntual y concreto, no a hechos del campo de lo posible”.

«Ahora bien, aplicando la teoría de la imputación objetiva, ocurre que la demandada al no realizar la conducta debida -anclar los arcos de fútbol introduce un riesgo en la sociedad, el cual se materializa en el resultado, las lesiones que acarrearon la muerte del menor, con el correspondiente sufrimiento de sus padres-, pudiendo la misma haber interrumpido el curso causal en cualquier momento mediante el ejercicio de la acción que el derecho le reclamaba. Por tanto, desde teorías meramente naturalistas hasta teorías normativistas, ocurre que entre el hecho y el daño existe un vínculo causal», concluye el fallo.

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