Parricidio frustrado: dictan condenas de 15 y 10 años de cárcel por golpear y quemar a niña de dos años

El padre de la menor fue quien le causó las lesiones, el autor directo, mientras que a la madre se le atribuyó la comisión de un delito por omisión

Por Marian Martinez

18/07/2023

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Niña-parricidio

Con la investigación y en el juicio la fiscal María José Viveros, de la Fiscalía Metropolitana Centro Norte, se pudo acreditar ante el Tribunal Oral los hechos cometidos desde los primeros días de febrero del año 2021, en un domicilio ubicado en la comuna de Estación Central, y condenar a 15 y 10 años de presidio a los padres de una niña que la atacaron con golpes y le provocaron quemaduras, en un delito de parricidio frustrado.

En ese inmueble vivía la niña víctima de entonces dos años con sus padres, los acusados de iniciales J.H.M. y A.C.A. El acusado J.H.M. agredió a su hija golpeándola en diferentes partes del cuerpo, además de quemarla con agua hirviendo directamente desde un hervidor, lesiones que comprometieron todo su cuerpo, detalló una nota de prensa.

Por los golpes del imputado, la niña resultó con múltiples fracturas de carácter grave que le dejaron como secuela cicatrices extensas y visibles y que de no mediar socorros médicos oportunos y eficaces, las lesiones hubiesen sido mortales. De todos estos episodios de maltrato tuvo conocimiento la madre de la menor -A.C.A.- quien sabía de las lesiones y secuelas, teniendo la obligación de actuar como garante de su vida y salud. Pese a ello, no las impidió o evitó alejando a la víctima de las acciones de su padre y tampoco la trasladó a un centro asistencial para evitar sus consecuencias.

La sentencia

Por estos hechos, ambos acusados fueron declarados culpables como autores del delito de parricidio en grado de frustración. Además, en la sentencia el tribunal indicó que en cuanto a la “participación de J.H.M., lo fue en calidad de autor directo y la de A.C.A., su participación obedece a la comisión de un delito por omisión”.

El imputado J.H.M. fue sentenciado a cumplir la pena de 15 años de presidio efectivo y respecto a la acusada A.C.A., el tribunal le impuso cumplir la pena de diez años y un día de presidio efectivo.

Como parte de la resolución, el tribunal estimó concurrente aplicar a ambos la agravante del artículo 12 número 6 del Código Penal, esto es abusar de la superioridad de su sexo o de sus fuerzas, en términos que la ofendida no podía defenderse con posibilidades de repeler los ataques.

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