Sin defensa no hay justicia

Con la puesta marcha de la Reforma Procesal Penal se dio paso a la creación de dos nuevas instituciones en nuestro país, el Ministerio Público y la Defensoría Penal, destinadas a salvaguardar diferentes derechos y representarlos ante los tribunales de justicia

Con la puesta marcha de la Reforma Procesal Penal se dio paso a la creación de dos nuevas instituciones en nuestro país, el Ministerio Público y la Defensoría Penal, destinadas a salvaguardar diferentes derechos y representarlos ante los tribunales de justicia. Sin embargo, al revisar el actuar de la Defensoría en lo que va de la Reforma no es difícil observar que no cuenta con las mismas facilidades y recursos que el Ministerio Público que tiene a su disposición, policías, servicios públicos y demás agentes del Estado, situación que no sólo es parte de la realidad nacional y que se repite en otros países del continente.

Al analizar la participación de la Defensoría en las investigaciones guiadas por el Ministerio Público son notorias las restricciones a las que debe hacer frente, que se traducen al momento de un juicio en la falta de argumentos técnicos sobre el hecho investigado y un desconocimiento de las reales dimensiones de lo que defiende, en muchos de los casos buscando plantear únicamente la duda razonable ante los jueces.

Los medios de comunicación en su afán por informar han ayudado a crear en la opinión pública la idea de que la Defensoría busca liberar a los delincuentes sin un castigo, omitiendo que la función principal de este Servicio es buscar un juicio justo para el imputado, es decir, una persona a la cual aún no se le ha demostrado su participación en un hecho delictual, basado en Principio de la Presunción de Inocencia. En variadas oportunidades los imputados han sido señalados como culpables de un hecho antes de la realización de un juicio real, la opinión experta de la policía que los identifica como sospechosos de lo que se investiga o la entrevista al fiscal a cargo son hechos que dificultan aún más la labor de un defensor que en algunos casos plantea una teoría del caso que contraviene totalmente lo argumentado por el Ministerio Público y lo que piensa el colectivo de las personas.

Hace unos meses atrás recuerdo que surgió una polémica bastante significativa entorno a las carreras sin campo laboral, entre ellas criminalística, donde se argumentaba que el ejercicio de la profesión no era posible y que no habían los espacios donde desarrollar esta área del conocimiento, pero al introducirse en el ámbito de la defensa penal es a veces notoria la falta de un apoyo técnico, en países como Argentina la criminalística independiente y la defensa penal van juntas de la mano no obedeciendo al monopolio de la investigación criminal por parte de la policía y sosteniendo argumentos más sólidos frente a un juicio oral.

La Defensoría no es institución creada para liberar criminales como se mal entiende, sino que busca equiparar en su justa medida el actuar del Ministerio Público frente a los tribunales de justicia y otorgar defensa a quien no pueda pagarla. Sin embargo, se puede lograr una buena defensa sino se cuenta con los conocimientos, herramientas y recursos humanos necesarios para ello quedando a merced de ser injustamente acusado de un hecho que no se ha cometido o simplemente permitir que un delincuente salga en libertad por errores del Ministerio Público. Entonces el isótopo característico de la Defensoría «Sin defensa No hay Justicia» se logra cumplir a cabalidad o simplemente es una imagen que busca dar la idea de igualdad ante la justicia.

por Pablo Gonzáles

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