Sistema de garantías de los derechos de la niñez: llega al Senado proyecto que otorga protección integral para los menores

El texto que cumple su segundo trámite será analizado por la Comisión Especial encargada de tramitar proyectos de ley relacionados con los niños, niñas y adolescentes y a la de Hacienda, en su caso.

Por Vasti Abarca

07/05/2017

Publicado en

Chile / Justicia y DD.HH

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Con urgencia de «suma» ingresó al Senado el proyecto de ley que establece un sistema de garantías de los derechos de la niñez, que recientemente fue despachado por la Cámara de Diputados.

Ahora será el turno de la Comisión Especial encargada de tramitar proyectos de ley relacionados con los niños, niñas y adolescentes y la Comisión de Hacienda, las que deberán comenzar el análisis del mensaje.

El proyecto tiene por objeto la protección y garantía integral, el ejercicio efectivo y el goce pleno de los derechos de los niños, en especial, de los derechos humanos que les son reconocidos en la Constitución, en la Convención sobre los Derechos del Niño, en los demás tratados internacionales ratificados por Chile que se encuentren vigentes y en las leyes.

Por ello se crea el Sistema de Garantías de los Derechos de la Niñez, que estará integrado por el conjunto de políticas, instituciones y normas destinadas a respetar, promover y proteger el desarrollo físico, mental, espiritual, moral, cultural y social de los niños, hasta el máximo de los recursos disponibles en el país, debiendo el Estado en caso de no ser suficientes, acudir a la cooperación internacional, en especial, en su versión de colaboración institucional.

Derechos y garantías

La norma también contempla derechos y garantías, entre otros, «Derecho a la vida. Todo niño tiene el derecho intrínseco a la vida. El Estado garantizará en la máxima medida posible la supervivencia y el desarrollo del niño».

«Nivel de vida, desarrollo y entorno adecuado. Todo niño tiene derecho a un nivel de vida adecuado para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral, social y cultural. Los padres y/o madres tienen obligaciones comunes en la crianza y el desarrollo del niño. Deberán proporcionar, dentro de sus posibilidades, las condiciones de vida que sean necesarias para su pleno desarrollo. Su preocupación fundamental será el interés superior del niño», continúa la futura normativa.

«Todo niño tiene derecho a vivir en familia, preferentemente en la de origen y completar así su adecuado desarrollo. Los órganos del Estado velarán por el ejercicio de este derecho cuando el niño no pudiere habitar con sus padres y/o madres, porque se encontrare privado de su libertad o sujeto a algún régimen de tratamiento residencial, en conformidad con la ley y de un modo acorde con dichas circunstancias especiales. De igual manera velarán por el ejercicio de este derecho ante la separación del niño de sus padres y/o madres, por situaciones de catástrofes, emergencias o conflictos que impidan su cuidado», finaliza el proyecto.

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