Corte rechazó decisión de la PDI y Extranjería

Suprema falla en favor de dominicana expulsada de Chile: «Se le ha impedido su legítima aspiración de subsanar su situación migratoria»

Máximo tribunal consideró en su favor el hecho de que la ciudadana extranjera ha trabajado con una misma empleadora desde hace tres años, acreditando tener contrato de trabajo suscrito ante notario y los medios económicos para mantenerse en el país.

Por Daniel Labbé Yáñez

02/10/2017

Publicado en

Chile / Justicia y DD.HH / Portada

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La Corte Suprema acogió el recurso de amparo presentado en representación de María de la Cruz García, ciudadana dominicana expulsada del país por mantener una situación migratoria irregular. En fallo dividido, la Segunda Sala del máximo tribunal estableció que no existen motivos para dicha decisión.

Ocurre que María de la Cruz decidió acercarse en abril de 2014 a la Policía de Investigaciones a fin de regularizar su situación migratoria, exponiendo que había ingresado al país eludiendo los controles migratorios. La mujer fue denunciada ante el Ministerio del Interior, autoridad que el 29 de enero de 2015 dictó la resolución que la expulsó de Chile.

Luego, en octubre de 2016, la Intendencia Metropolitana acogió un recurso de reposición interpuesto por la ciudadana dominicana, revocando su expulsión y notificando de ello al Departamento de Extranjería y Migración del
Ministerio del Interior.

Sin embargo, a principios de 2017 dicho departamento decide no acceder a la solicitud de María de la Cruz García para regularizar su permanencia en Chile. Se argumentó entonces que no eran suficientes los antecedentes que acompañó como fundamento de su petición ni la justificación de su ingreso irregular, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Extranjería. «Usted debe contar con un ingreso legal al país en calidad de turista, con el fin de acceder a una visa de residencia», le señalaron.

Una resolución que ahora fue rebatida por la Corte Suprema, instancia que finalmente respaldó la decisión de la Intendencia de la Región Metropolitana y estableció que esta «se basó en el hecho que la extranjera si bien ingresó de manera irregular al país, ha trabajado con una misma empleadora desde octubre de 2014, acreditando tener contrato de trabajo suscrito ante notario y en consecuencia los medios económicos para mantenerse en el país».

El fallo del máximo tribunal agrega que a la ciudadana dominicana «sin duda se le ha impedido concretar su legítima aspiración de subsanar su situación migratoria, recibiendo de la autoridad un pronunciamiento meramente formal, fundado sólo en la cita de disposiciones legales, pues los hechos en que se sostiene ya han sido objeto de análisis y pronunciamiento, lo que se patentiza con la decisión de la Intendencia de revocar la resolución de expulsión que le afectaba».

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