Asamblea Nacional de Ecuador niega despenalización del aborto por violación

Solo es legal cuando hay riesgo para la vida o la salud de la madre

Por Nelytza Lara

18/09/2019

Publicado en

Ecuador / Latinoamérica / Portada

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«Mientras hayan niñas que luego de ser violadas sean obligadas a ser señoras deberemos seguir luchando. Me siento más comprometida que nunca!» escribió en su cuenta Twitter la asambleísta Ximena Peña


La Asamblea Nacional de Ecuador negó las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP) que preveían la despenalización del aborto en caso de violación, incesto y malformación fetal.

«Con 65 votos afirmativos el Pleno 611 de la Asamblea Nacional no aprueba las reformas al COIP referentes al aborto no punible», escribió la entidad en su cuenta de Twitter.

En la votación se emitieron 65 votos a favor de la propuesta, 59 en contra y seis abstenciones, por lo que no se alcanzaron los votos necesarios para la aprobación de la reforma.

Tomó la decisión tras un prolongado y fuerte debate que dividió al país entre quienes apoyaban y negaban la reforma.

La asambleísta Ximena Peña calificó la noche del martes de «la noche mas triste» que ha tenido como legisladora.

«Mientras hayan niñas que luego de ser violadas sean obligadas a ser señoras deberemos seguir luchando. Me siento más comprometida que nunca!» escribió Peña en su cuenta de Twitter.

Agregó que siente una «mezcla de emociones» por la votación.

El aborto en Ecuador se considera legal solo cuando hay riesgo para la vida o la salud de la madre o cuando el embarazo es resultado de una violación a una mujer con discapacidad mental. 

Actualmente, el artículo establece que el aborto será penalizado si es practicado por un médico u otro profesional de la salud capacitado, que cuente con el consentimiento de la mujer o de su cónyuge, pareja, familiares íntimos o su representante legal.

Con información de Sputnik, Telesur

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