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Paz en Colombia: se aprueba la ley de amnistía e indulto

Los exguerrilleros que han recibido amnistías, tanto las tradicionales como las ampliadas aprobadas por las normas de la  La Unidad de Investigación y Acusación de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), serán al menos 4 mil.

Por El Ciudadano Argentina

02/03/2018

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El hecho de haber sido beneficiados con las amnistías e indultos del proceso de paz no les quita a los antiguos miembros de la guerrilla de las Farc en Colombia la obligación de contribuir a la reconstrucción de lo que pasó durante el conflicto armado y de aportar para la reparación de las víctimas.

Ese es uno de los apartes más importantes de la decisión tomada este jueves por unanimidad en la Corte Constitucional del país latinoamericano y que declaró exequible la ley de amnistía e indulto para las Farc que fue aprobada por el Congreso el año pasado.

Aunque el alto tribunal deja en manos del Congreso de la República la reglamentación de las sanciones para quienes incumplan esos compromisos –incluso podrían ser castigados con la pérdida de los beneficios de la justicia alternativa y el consecuente regreso a prisión–, sí deja en claro que quienes pretendan hacerles conejo a las obligaciones adquiridas en el proceso de paz no quedan blindados.

La sentencia establece que el compromiso de contribuir a los derechos de las víctimas es una condición de acceso al sistema de justicia alternativa, por lo que los beneficiarios de indultos y amnistías tienen que comparecer cuando sean requeridos tanto ante la Comisión de la Verdad como ante la Unidad de Búsqueda de Desaparecidos, informa el diario local El Tiempo.

Los exguerrilleros que han recibido amnistías, tanto las tradicionales como las ampliadas aprobadas por las normas de la  La Unidad de Investigación y Acusación de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), serán al menos 4 mil. Unos 3.000 procesados por delitos graves sí tendrían que comparecer ante la JEP.

“En principio, las libertades son definitivas, pero el Congreso podrá determinar cuáles son las consecuencias de incumplir las condicionalidades del sistema y en qué condiciones o circunstancias el incumplimiento puede traer la pérdida de beneficios”, dijo el magistrado Alejandro Linares, presidente de la Corte Constitucional.

 

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