Por Camila Silva Cortés
En América Latina, el debate sobre el aborto ha estado marcado por profundas diferencias sociales, políticas y culturales que se traducen en variadas normativas legales. Mientras algunos países avanzan hacia la legalización y regulación del aborto, otros mantienen prohibiciones totales o restringidas a ciertas causales. Esta diversidad legal impacta directamente en la salud, derechos y vidas de millones de mujeres y personas gestantes. A continuación, se presenta un recorrido país por país, con los datos más recientes disponibles sobre la situación legal y las cifras oficiales o estimadas de abortos.
Argentina:
En primer lugar, desde el año 2021, la Ley 27.610 permite el aborto legal y gratuito hasta la semana 14 de gestación, sin la necesidad de explicar motivo alguno. En los casos de violación o cuando está en riesgo la salud o vida de la persona gestante, la ley no estipula plazos fijos para realizar el procedimiento.
Por otro lado, la ley declara que el sistema de salud, tanto público como privado, debe asegurar el acceso a la ley en un máximo de 10 días desde la solicitud. Respecto a la objeción de conciencia, esta se permite a nivel individual, pero el establecimiento tiene el deber de garantizar el procedimiento. Finalmente, establece que las personas gestantes pueden decidir por sí mismas a partir de los 13 años de edad.
Respecto a cifras, el Ministerio de Salud registra los abortos efectuados en el sistema público de salud, contabilizando un total de 277.666 intervenciones entre 2021 y 2023.

Bolivia:
En este caso, el aborto ha sido penalizado desde el Código Penal de 1972, excepto en casos donde está en peligro la salud o vida de la mujer y en los casos de embarazos producto de violación o incesto.
Para acceder a la interrupción del embarazo bajo estas causales, la persona gestante debía tener una autorización judicial. Sin embargo, en 2014, el Tribunal Constitucional Plurinacional eliminó este requisito, facilitando el acceso a la ley.
Actualmente, el aborto sigue siendo penalizado exceptuando las causales ya mencionadas. Fuera de estos casos, el aborto sigue siendo un delito con penas que pueden llegar a los seis años de cárcel, tanto para la mujer como para quien lo realice.
Si bien no hay datos oficialesl, un estudio del Guttmacher Institute, revela que 38 de cada mil mujeres entre 15 a 49 años tuvieron un aborto entre 2015 y 2019.
Chile:
Desde 2017, Chile autoriza el aborto legal en tres situaciones específicas: cuando hay peligro para la vida de la madre, inviabilidad fetal letal, y en casos de violación (hasta las 12 semanas de gestación, o hasta las 14 semanas si la víctima es menor de 14 años). En mayo de 2025, el Gobierno presentó un proyecto para extender la legalización hasta las 14 semanas y asegurar que el procedimiento sea gratuito y seguro dentro del sistema público de salud.
Según datos recogidos de El País, en 2023, se registraron 21.444 hospitalizaciones por embarazos terminados en aborto. De ese total, 5.080 casos correspondieron a abortos no especificados, que incluyen complicaciones como infecciones genitales y pélvicas, así como hemorragias excesivas o tardías. Y de esos solo 4 fueron considerados abortos fallidos.
Colombia:
Desde el año 2022 el aborto es legal hasta las 24 semanas de embarazo sin la necesidad de justificar motivos. Posterior a ese plazo, es legal solo bajo las tres causales ya mencionadas. Además, el proceso no requiere autorización judicial alguna y el sistema de salud debe garantizar su acceso.
Según un tanteo de Amnistía internacional se estima que en Colombia se practican cerca de 400.000 abortos al año. No obstante, solo cerca del 10% de estos se efectúan en centros de salud, mientras que el 90% restante corresponde a abortos clandestinos o inseguros, realizados sin las condiciones sanitarias apropiadas.
Costa Rica:
Por su parte, en Costa Rica el Código Penal en 1970 estableció el aborto como delito salvo cuando la salud o vida de la mujer esta en riesgo. Las penas por interrupción del embarazo van desde 4 a 6 años de cárcel para las personas gestantes y hasta 12 años a quien realice el procedimiento.
Hoy en día, la única modificación que se ha realizado al respecto fue en 2019 cuando se estableció una “norma técnica” que regula cómo debe aplicarse el aborto terapéutico en los establecimientos públicos, exigiendo una evaluación médica además, de la aprobación de un comité.
No hay informes recientes sobre la cifra de abortos en el país.
Cuba:
En el año 1965 el aborto es intitucionalizado dentro del Sistema de salud, permitiendo su realización de manera gratuita y segura hasta las 12 semanas de gestación. Posteriormente en 1979 se tipifico el “aborto ilícito” en el nuevo Código Penal, condenado los abortos realizados por lucro, fuera de instituciones oficiales, por personal no médico o sin el consentimiento de la mujer.
Finalmente, en 1987 el Código Penal confirma la legalidad del aborto, consolidando su estatus en la legislación cubana.
En Cuba, según datos oficiales del Anuario Estadístico de Salud 2022, durante ese año se practicaron 55.402 abortos inducidos en mujeres de entre 12 y 49 años. Esta cantidad equivale a 56 abortos por cada 100 partos y a 36,6 por cada 100 embarazos.
Ecuador:
En la actualidad, el aborto es legal en Ecuador bajo las causales de riesgo vital y violación. En este último caso la persona madre puede interrumpir el embarazo hasta las 12 semanas de gestación y en caso de que la víctima sea niña, mujer indígena o del área rural, se permite hasta la semana 18.
Fuera de las causales el aborto puede ser sancionado de entre 1 a 3 años en prisión. Y de 6 meses a 2 años a quien lo causa.
Según cifras publicadas por Diario UChile, cada hora, unas 7 mujeres en Ecuador se someten a abortos en contextos inseguros y con condiciones sanitarias desconocidas. Además, el 12,9% de las muertes maternas se deben a abortos realizados en condiciones de riesgo. Solo en 2022, de un total de 101 muertes maternas registradas, 13 estuvieron asociadas a complicaciones derivadas de abortos.
El Salvador:
Desde 1997 el aborto es ilegal bajo cualquier causal, con penas que varian entre 2 a 8 años de carcel y de entre 2 a 12 años a quien lo realice.
Cifras: No se encuentran cifras, solo de abortos espontáneos.
Guatemala:
En 1973 en Guatemala, hubo una modificación al Código Penal permitiendo el aborto solo en la casa de peligro vital de la madre. La práctica debe realizarla un médico y ser aprobada por un segundo médico. Y se puede realizar sólo después de agotar todos los medios científicos y técnicos disponibles para salvar la vida de la gestante.
No hay datos oficial respecto a las cifras, sin embargo, según el Instituto Guttmacher, se calcula que en Guatemala ocurren cerca de 65.000 abortos inducidos anualmente.
Honduras:
En este caso, en el 2021 se estableció la prohibición total del aborto y desde ese año no se han realizado modificaciones al respecto. Por lo tanto el aborto es ilegal bajo cualquier causal, con penas de entre 3 a 6 años para la madre y de 6 a 10 años a quienes lo realicen. Los profesionales de la salud que lleven a cabo esta práctica se enfrentan a las mismas sanciones establecidas por la ley, además de una multa adicional.
Datos publicados por International Women’s Media Foundation, entre 2019 y agosto de 2023, el sistema de salud pública registró más de 30.000 abortos. Sin embargo, esta cifra podría ser considerablemente mayor si se toma en cuenta el subregistro de casos atendidos.
México:
A partir de las resoluciones de la Suprema Corte entre 2021 y 2023, el aborto es legal por decisión voluntaria hasta la semana 12 de gestación en los 24 (de 32) estados donde ha sido despenalizado. A nivel federal, ya no se considera un delito. En situaciones de violación, riesgo para la salud o la vida de la persona gestante, malformaciones del feto o inseminación no consentida, no existe un límite gestacional para acceder al procedimiento.
Por otro lado, las instituciones de salud públicas federales del país, están obligadas a garantizar el acceso a la interrupción del embarazo de forma gratuita, segura y sin demoras indebidas. La objeción de conciencia se reconoce sólo individualmente por lo que los hospitales deben asegurar la realización del procedimiento.
Además, las personas gestantes pueden decidir por sí mismas desde los 12 años, conforme a estándares de capacidad progresiva.
Un estudio realizado por la Secretaría de Salud (SS) que analiza eventos abortivos atendidos en hospitales públicos entre 2018 y 2022, reveló que, del total de 399.405 eventos abortivos registrados en ese período, el 92% se realizó sin que se reportaran complicaciones.
Nicaragua:
En este país el aborto está completamente prohibido desde 2006, sin excepciones. Esta prohibición fue establecida por la Ley 641, que eliminó la figura del aborto terapéutico anteriormente permitida.
La legislación actual contempla sanciones de cárcel tanto para las mujeres que se realizan un aborto como para los profesionales de la salud que lo llevan a cabo. Las mujeres pueden recibir penas de hasta dos años de prisión, y los médicos podrían ser condenados a hasta seis años.
En cuanto a las cifras, al ser el aborto ilegal, no se encuentran mayores datos al respecto.
Panamá:
En este país el aborto en legal solo bajo dos causales, la primera es si el embarazo es por violación, caso en el que las mujeres pueden abortar dentro de las primeras 8 semanas, con autorización judicial. La segunda es si hay riesgo grave para la vida o salud de la mujer o el feto, esta debe ser con evaluación médica. Fuera de estas excepciones, se castiga con penas de 1 a 10 años de prisión, dependiendo del caso.
Segun el informe final 2022 de la Comisión Nacional Multidisciplinaria de Aborto Terapéutico, durante el año 2022 se evaluaron 36 solicitudes para la interrupción del embarazo; de ellas, 35 fueron autorizadas y solo una fue rechazada por la comisión.
Paraguay:
En este caso, el aborto es legal únicamente cuando está en peligro la vida de la persona gestante, según lo establecido en el Código Penal reformado en 2008. En cualquier otro caso, como violación, incesto o malformaciones del feto, la interrupción del embarazo sigue siendo ilegal y penalizada, incluso cuando se trate de niñas o adolescentes..
La ley contempla castigos tanto para las mujeres que se someten al aborto como para quienes lo realizan. Las mujeres pueden ser condenadas hasta a dos años de prisión, mientras que quienes practiquen el procedimiento pueden enfrentar penas de cinco a ocho años, según haya habido consentimiento y si se puso en riesgo la vida o la salud de la gestante.
En un reciente artículo publicado por ABC Color, señalaron que, se reportaron un total de 4.691 abortos en 2024. De esos casos, 12% eran niñas o adolescentes.
Perú:
En Perú, desde 1924, el aborto es legal únicamente bajo la figura del aborto terapéutico. La práctica está permitida sólo cuando es el único medio para salvar la vida de la persona gestante o para evitar un daño grave y permanente en su salud física o mental. Según el Código Penal, la interrupción del embarazo debe realizarla un médico y debe contar con el consentimiento de la mujer.
Desde 2014, el Ministerio de Salud de Perú puso en marcha una Guía Técnica Nacional que regula el aborto terapéutico, permitiendo su realización antes de las 22 semanas de gestación. Este documento establece las condiciones médicas que lo justifican y los procedimientos necesarios para su autorización, incluida la evaluación por una junta médica. Fuera de este marco legal, el aborto está penalizado en el país: las mujeres que se someten a uno de forma ilegal pueden ser condenadas hasta a dos años de prisión, y quienes lo practiquen pueden enfrentar penas de uno a cinco años.
Según la encuesta realizada por el Instituto de Opinión Pública 2019, un 19% de las mujeres en Perú de entre 18 y 49 años señaló haberse realizado un aborto.
República Dominicana:
En este país, el aborto está completamente prohibido bajo cualquier circunstancia, incluso en casos de violación, incesto o cuando la vida de la mujer está en riesgo. Esta prohibición absoluta está consagrada en el artículo 37 de la Constitución, que garantiza el derecho a la vida desde la concepción hasta la muerte natural.
El Código Penal vigente, que data de 1884, establece penas de hasta dos años de prisión para las mujeres que se someten a un aborto y hasta 20 años para los profesionales de la salud que lo practiquen
Según datos publicados por Prensa Latina, hasta septiembre del 2024 se registraron 6.525 interrupciones de embarazo, con un promedio diario que, en los últimos cinco años, ha superado las 32.

Uruguay
En Uruguay, el aborto es legal desde 2012 mediante la Ley N.º 18.987. La normativa permite la interrupción voluntaria del embarazo hasta las 12 semanas de gestación, extendiéndose hasta la semana 14 en casos de violación y sin límite si existe riesgo para la salud de la mujer o malformaciones graves del feto. El procedimiento contempla una consulta obligatoria con un equipo interdisciplinario, un plazo de reflexión de cinco días, y luego se facilita el acceso a la interrupción, que usualmente se realiza con medicamentos.
Según el Informe IVE 2023, entre 2013 y 2022, de las 101.671 mujeres embarazadas que solicitaron la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), el 94% completó el procedimiento, mientras que el 6% decidió continuar con su embarazo.
Venezuela
Por último, en Venezuela el aborto está regulado por el Código Penal de 1915, con reformas parciales en 2005, y solo es permitido cuando la vida de la mujer está en riesgo. Las mujeres que se practican un aborto enfrentan penas de cárcel que van de 6 meses a 2 años. Quienes lo realizan con consentimiento pueden ser sancionados con entre 12 y 30 meses de prisión, y si la mujer fallece, la pena aumenta a un rango de 3 a 6 años. En casos de aborto sin consentimiento, las condenas varían entre 15 meses y 12 años. Además, los profesionales de la salud involucrados pueden recibir sanciones más severas, incluyendo la suspensión de su licencia para ejercer.
No se encontraron datos oficiales asociados a cifras.
El desafío por la igualdad reproductiva
Es evidente que la región presenta una heterogeneidad marcada en sus marcos legales y en el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo. De los 20 países analizados, al menos cinco mantienen una prohibición absoluta del aborto bajo cualquier circunstancia —como República Dominicana, Nicaragua, El Salvador, Honduras y Paraguay— donde el acceso es prácticamente inexistente y las penas penales severas afectan tanto a las mujeres como a los profesionales de la salud. En contraste, algunos países han avanzado hacia marcos más flexibles y garantistas, con leyes que permiten la interrupción voluntaria hasta cierto plazo o bajo causales específicas, como Argentina, Colombia, Uruguay y México, que promueven el acceso seguro y regulado dentro de sus sistemas de salud.
Esta diversidad legal tiene profundas implicancias en la salud pública y los derechos reproductivos de millones de mujeres y personas gestantes, ya que las prohibiciones totales no eliminan los abortos, sino que suelen empujar a prácticas clandestinas e inseguras, con altos riesgos de mortalidad y morbilidad. Los datos disponibles confirman que, aun en países donde el aborto es legal o parcialmente legal, una proporción significativa de procedimientos se realiza en condiciones informales o con limitaciones de acceso. Por lo tanto, avanzar hacia la despenalización y la garantía de acceso a servicios seguros sigue siendo un desafío urgente para mejorar la salud y la autonomía reproductiva en América Latina.
Por Camila Silva Cortés