La senadora Anabel Fernández presentó un proyecto de ley para tipificar y sancionar el uso de Inteligencia Artificial (IA) en la generación de contenido sexual sin consentimiento.
Según consignó el diario argentino El Destape, la propuesta plantea la incorporación del artículo 128 bis al Código Penal, estableciendo penas de entre 3 y 6 años de prisión para quienes creen, generen o modifiquen imágenes, audios o videos de contenido sexual explícito de personas reales mediante tecnologías de generación sintética, sin autorización.
La legisladora explicó, en ese sentido, que el objetivo de su propuesta es «combatir las nuevas formas de violencia digital» y actualizar la legislación de Argentina frente al avance de herramientas tecnológicas que permiten la manipulación de imágenes y videos para darles una apariencia realista.
En ese sentido, la senadora Fernández resaltó que el proyecto pone el foco en la protección de la intimidad y de grupos vulnerables, pues la pena se incrementaría en aquellos casos en que las representaciones aparenten involucrar a menores de 18 años, incluso si las imágenes fueron creadas íntegramente por computadora y no existe una víctima identificable.
«La tecnología no puede ser un vacío legal para vulnerar la intimidad de las personas. Hoy, una IA puede destruir la vida de una mujer o de un menor en segundos; el Estado debe castigar con firmeza la creación y distribución de estos contenidos», planteó la parlamentaria en la fundamentación de su proyecto.
Pero la iniciativa no solo fija sanciones para la creación y difusión de contenidos sexuales sintéticos: también las establece para la tenencia con conocimiento de su origen ilícito, con penas que van de un mes a un año de prisión.
Asimismo, propone modificaciones a algunos artículos vigentes del Código Penal argentino, como es el artículo 155, para sancionar con hasta 3 años de cárcel la difusión de imágenes obtenidas en ámbitos privados —por ejemplo, mediante cámaras ocultas o hackeos— incluso si inicialmente fueron captadas con consentimiento.
«Por otro, se modifica el artículo 169 para incorporar la amenaza de difusión de material íntimo como una forma específica de extorsión, reforzando herramientas legales contra la denominada sextorsión», indicó la senadora Anabel Fernández.
El Ciudadano
