Venezuela, Brasil, Ecuador, Perú y Panamá

Colombia extendió cierre de fronteras con sus países vecinos hasta enero de 2021

Se exceptúan del cierre de frontera, las siguientes actividades: emergencia humanitaria, transporte de carga y mercancía, caso fortuito o fuerza mayor y la salida del territorio nacional de ciudadanos extranjeros de manera coordinada por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia.

Hace unas semanas, Migración Colombia anunció que las fronteras entre Colombia y Venezuela seguirían cerradas hasta el 1 de diciembre, evaluando la posibilidad de que la reapertura se diera en el último mes del año o se pospusiera, según el comportamiento de la pandemia por la COVID-19.

No obstante, el Ministerio del Interior, a través del Decreto 1550 del 28 de noviembre de 2020, decretó que los pasos terrestres y fluviales con Panamá, Ecuador, Perú, Brasil y Venezuela, continuarán cerrados a partir de las cero horas del 1 de diciembre de 2020, hasta las cero horas del 16 de enero de 2021, publicó el diario La Opinión de Cúcuta, Colombia. 

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El Ministerio del Interior, a través del Decreto 1550 del 28 de noviembre de 2020, decretó que los pasos terrestres y fluviales con Panamá, Ecuador, Perú, Brasil y Venezuela. Foto: La Opinión.

De acuerdo con el documento, se exceptúan del cierre de frontera, las siguientes actividades: emergencia humanitaria, transporte de carga y mercancía, caso fortuito o fuerza mayor y la salida del territorio nacional de ciudadanos extranjeros de manera coordinada por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, con las autoridades distritales y municipales competentes.

Destacando que, quienes apliquen para estas excepciones, deberán cumplir con todos los protocolos de bioseguridad establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social, a fin de evitar el contagio y la propagación del coronavirus.

Así mismo, el decreto establece que en ningún municipio del país se podrán habilitar los eventos de carácter público o privado que generen aglomeraciones, así como tampoco, las discotecas y lugares de baile podrán funcionar.

Queda prohibido el consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio. No queda prohibido el expendio de bebidas embriagantes.

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