Las manifestaciones están consagradas en la Constitución

Ministro de Defensa de Duque propone «regular» las protestas

Tras conocerse la propuesta de Guillermo Botero, llovieron las críticas vía Twitter

Por carlosalejandro

18/07/2018

Publicado en

Latinoamérica

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Gran revuelo ha causado la propuesta del próximo ministro de Defensa colombiano, Guillermo Botero, quien indicó que «regularizará» las protestas sociales.

«Respetamos la protesta social, pero también creemos que debe ser una protesta ordenada que verdaderamente represente los intereses de todos los colombianos y no solo de un pequeño grupo», dijo Botero, citado por Prensa Latina (PL).

Este empresario -designado por el presidente electo, Iván Duque- abordará un asunto delicado, ya que la protesta está consagrada como un derecho en la Constitución de Colombia, en su artículo 7, que reza: “Toda parte del pueblo puede reunirse y manifestarse pública y pacíficamente. Sólo la ley podrá establecer de manera expresa los casos en los cuales se podrá limitar el ejercicio de este derecho”.

Asimismo, tras conocerse las intenciones de Botero, llovieron las críticas vía Twitter.

«Esperábamos que el designado ministro de Defensa se refiriera a los mecanismos de protección a líderes sociales después de 322 asesinados. Y no, nos sale con que va restringir la protesta social», afirmó la congresista de la bancada de la Lista de la Decencia, Aída Avella.

Por su parte, el investigador Mauricio Archila, indicó –reseña PL- que no sería viable satanizar la protesta, «porque cuando se protesta es porque hay inconformismo de la sociedad por las medidas que se están tomando por parte del gobierno».

“Ministro Botero no se ha posesionado y ya persiguiendo la protesta social. Si quiere levantamos los brazos y hace lo que quiera con nosotros”, escribió en su cuenta de Twitter el senador Alexánder López, del Polo Democrático.

 

A solo horas de conocerse su nombramiento, Botero expresó que el próximo gobierno podrá realizar grandes avances, si logra promover una ley estatutaria que regule la protesta social.

Este asunto fue tratado en el reciente Código de Policía que se aprobó en el Congreso de la República. En este texto legal, indica El Espectador, se establecían algunas condiciones para poder protestar, como la solicitud de permiso  a los gobiernos locales. Según el Ministerio Público, estos temas se debieron tramitar a través de una ley estatutaria –instrumentos legales de mayor rango- y no de una ordinaria.

Es por ello que la Corte Constitucional eliminó en 2017 varios de los artículos que regulaban el derecho a la protesta en el Código de Policía (desde el 47 hasta el 75, en el capítulo VI), al señalar que, como anticipó la Procuraduría, esas modificaciones se debían hacer a través de una ley estatutaria, indica el medio colombiano.

No obstante, los artículos están vigentes hasta 2019, pues el alto tribunal le dio dos años al Congreso para regular el derecho a la reunión.

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