Proceso

TSJ trasladará caso de del asesinato de 17 mineros a Caracas

La matanza efectuada en la población de Tumeremo, estado Bolívar, seguía su causa desde marzo de 2016 sin sentencia luego de 5 años.

Por Luis Vera

03/12/2021

Publicado en

Portada / Venezuela

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Caracas. – El sonado caso del asesinato de 17 mineros en la población de Tumeremo, estado Bolívar, fue trasladado a Caracas ya que luego de cinco años (desde 2016) no ha tenido sentencia. Por tal motivo, el Tribunal Supremo de Justicia ordenó la medida a través de la sentencia N° 196, redactada por el magistrado Maikel Moreno Pérez.

Los magistrados se entregaron previamente al estudio del caso y del expediente, observando en el curso del mismo “la existencia de vicios procesales de orden público, que infringen principios y garantías constitucionales”.

Los hechos delictivos por los cuales son procesadas las 12 personas ocurrieron el 4 de marzo de 2016 en la mina El Miamo, sector Atenas, Tumeremo (Bolívar). Aquel día, integrantes de la banda criminal fundada por Jamilton Andrés Ulloa Suárez (El Topo), irrumpieron en la mina y separaron a 17 mineros quienes fueron ejecutados por los sicarios de la pandilla.

El TSJ ordenó el traslado a Caracas del caso.

Después de haberles ultimado con armas de fuego, depositaron los cadáveres de sus víctimas en un volteo que los trasladó hasta el sector El Barreal Largo, a las afueras de Tumeremo, donde los sepultaron en una fosa común.

Por este hecho hecho fueron acusadas 12 personas. La audiencia preliminar correspondiente a siete de esos 12, se realizó el 1° de agosto pasado en el Centro de Coordinación Policial Guaiparo ubicado en Puerto Ordaz, en donde se constituyó el Tribunal 5° de Control de Bolívar. Todo ello, en el marco del abordaje realizado por la Comisión Especial para la Revolución del Sistema Judicial.

Durante esta audiencia preliminar habló el diputado Antonio Benavides Torres quien dijo tomar el control de ese acto judicial. A razón de ello, ordenó el pase a juicio de los siete acusados presentes. Pero también otorgó una medida cautelar en favor de dos de los acusados: Carlos Alfonzo Balaguera y Manuel Alejandro Balaguera Pérez.

El juez firmó las boletas de excarcelación de los Balaguera bajo protesta “en virtud de las constantes amenazas a la libertad personal y judicial de este Juzgado por parte de los representantes de la Asamblea Nacional”, de lo cual dejó constancia en la sentencia.

La Sala encontró una lista de irregularidades cometidas por el Tribunal 5° de Control de Bolívar al celebrar la audiencia, entre ellas haber admitido “un conjunto de acervo probatorio, sin ser acogidos…siendo estos inexistentes”.

La Sala Penal tomó la decisión tras estudiar la situación.

Los magistrados también se percataron que el Tribunal 5º dictó la decisión de abrir juicio contra los 12 acusados sin explicar tal resolución en un “auto fundado”, ni informar de tal resolución a las víctimas. “Dicha omisión repercute de manera directa en el correcto desenvolvimiento del proceso penal y el derecho a la defensa”, determinó la Sala Penal.

Por todas estas razones, decidieron anular la audiencia preliminar y ordenaron que un tribunal de Caracas celebre una nueva.

Esta es la segunda sentencia de la Sala Penal que anula una decisión tribunalicia tomada con ocasión del trabajo desplegado en Bolívar por la Comisión Especial para la Revolución Judicial que preside Diosdado Cabello.

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