Justicia chilena acoge amparo a favor del prisionero puelche Facundo Jones Huala

Luego de reiteradas negaciones de justicia, finalmente Corte de Temuco acogió un amparo a favor de facundo Jones Huala, posibilitando una libertad condicional

Ha sido criminalizado por los estado de Chile y Argentina, quien luego de haber sido encarcelado el 2017 en Esquel, Puelmapu, sur de Argentina, fue extraditado a Chile, joven mapuche que llamó la atención internacional con la ocupación de su comunidad de las tierras de Benetton en la Patagonia, donde la empresa italiana tiene casi un millón de hectáreas y asimismo, solidarizó con la lucha de comunidades en Pilmaiken en la defensa del Ngen kintuante y habría participado en la recuperación de tierras en Pisue Pisue, comuna de Rio Bueno, Ngulumapu, sur de Chile.

Hoy, la Corte de Apelaciones de Temuco, donde se encuentra encarcelado Jones Huala, luego de meses de denegaciones, acogió un recurso de amparo presentado semanas atrás por la defensa del prisionero puelche, que integran Karina Riquelme y la abogada Patricia Cuevas Suárez. Se trata de una acción presentada en contra de la negativa de la Comisión de Libertad Condicional en otorgarle el beneficio.

Parte de los antecedentes considerados, es que «registra cuatro bimestres de buena conducta» durante su detención en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Temuco. Por ello, en el fallo señalaron que «se consignan avances en el proceso de reinserción» y «se concluye que el amparado presenta un bajo riesgo de reincidencia y necesidad de intervención».

Jones Huala, lonko de su comunidad Cushame, había sido condenado en diciembre de 2018 por el Tribunal Oral en lo Penal de Valdivia por los delitos de incendio en propiedad (seis años de cárcel) y portación ilegal de armas de fuego (tres años) en el denominado caso Pisu Pisúe.

En Puelmapu, argentina, el nombre de Facundo Jones Huala ha sido utilizada como una figura de “enemigo interno”, particularmente con la relación que tendría con la RAM (Resistencia ancestral mapuche), grupo catalogado de “terrorista” por el gobierno de Macri y que sirvió de excusa para planes represivos denominado “Comando Unificado”, una operación policial de inteligencia que fue implementado por la ex ministra de Seguridad de la Nación Patricia Bullrich en 2017 y que generó diversos hechos de violencia contra comunidades mapuche.  

Caso Pisu Pisué

Con los mismos antecedentes de un primer juicio ya desarrollado el 2013 que había dejado absuelto a 4 de 5 acusados, la Fiscalía le imputó la autoría del incendio en Pisu Pisué al zugun machife Cristian García Quintul. Por las mismas razones que fue absuelto en el juicio anterior, el Juzgado de Garantía decretó el sobreseimiento de García Quintul y en 2014 quedó en libertad. Sin más opciones y con la presión de todo el espectro político por encontrar los culpables, la Fiscalía comenzó a apuntar a otro de los que originalmente había acusado: Facundo Jones Huala. La ausencia de Jones Huala en las últimas instancias del juicio y los rumores de que éste había emprendido un viaje a Argentina fueron razones suficientes para el Ministerio Público para solicitar una orden de extradición ante la Corte de Apelaciones de Valdivia.

Un mes después, el 5 de marzo de 2015, la Corte acogió la solicitud hecha por la Fiscalía de Río Bueno y el fiscal Sergio Fuentes dio inicio a las diligencias internacionales para dar con el paradero de Jones Huala. A través de la Interpol, se organizaron diversos allanamientos en distintas comunidades mapuche al otro lado de la cordillera, generando un nuevo foco de conflicto en la causa mapuche. Entre esas diligencias estuvieron los allanamientos en lof Cushamen de la provincia argentina de Chubut, en donde el joven Santiago Maldonado fue desaparecido y posteriormente asesinado; y también el desalojo de la comunidad Lafken Winkul Mapu, en la zona del lago Mascardi de la provincia de Río Negro, en donde efectivos policiales asesinaron al joven Rafael Nahuel. Ambos casos tuvieron un enorme impacto mediático, político y social, generando repercusiones en ambos lados de la cordillera.

El 27 de junio de 2017, mientras los presidentes de Argentina, Mauricio Macri, y Chile, Michelle Bachelet, mantenían un encuentro diplomático y celebraban haber dado “un nuevo impulso entre los dos países en los afectos e integración”, el longko mapuche Facundo Jones Huala era detenido por la Gendarmería argentina en la provincia de Río Negro. Casi un año después, en marzo de 2018, cuando en Chile ya gobernaba Sebastián Piñera, un juez federal de Bariloche declaró procedente la extradición por dos de los cuatro delitos que se le acusaban. Cinco meses después, el 28 de agosto, la Corte Suprema de Argentina ratificó su extradición.

Ante esto, la defensa de Jones Huala, a cargo de la abogada argentina Sonia Ivanovic, presentó ante la Organización de las Naciones Unidas (ONU) una medida cautelar en la que pedían que se revisara la factibilidad de la extradición, debido al que, argumentaban, era un mal uso y aplicación discriminatoria de la Ley de Inteligencia. Así fue como el organismo internacional indicó al Estado argentino que debía abstenerse de realizar la extradición mientras se tramitara la medida cautelar.

Sin embargo, la noche del 11 de septiembre de 2018, en completo sigilo y sin previo aviso ni al imputado ni a su defensa, funcionarios de la Interpol subieron a Jones Huala a un helicóptero y lo trasladaron a Chile, directamente al Centro Penitenciario de Valdivia. Su defensa fue avisada del procedimiento mientras se encontraba cruzando la cordillera.

Un día después de haber sido trasladado a Chile, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia decretó su prisión preventiva y fijó fecha de juicio oral para el martes 4 de diciembre, el que se extendería por aproximadamente 10 días, con la participación de seis víctimas, 37 testigos y 26 peritos de la Fiscalía.

Sin nuevos antecedentes a los que se habían aportado en los juicios anteriores, la Fiscalía pidió que se le condene a una pena de 12 años de presidio como autor del delito de incendio y a una pena de 3 años y un día de presidio por el delito de tenencia ilegal de arma de fuego de fabricación artesanal. Quienes pudieron presenciar el juicio relatan que, en este escenario y sin nuevas pruebas, todo parecía indicar que Jones Huala saldría absuelto tal como sucedió en 2013. Sobre todo luego del episodio protagonizado por uno de los testigos que participó del juicio, el que aseguraba haber visto a “alguien” teniendo conductas sospechosas en los alrededores del fundo Pisu Pisué. Cuando se le pidió que identificara y apuntara a la persona que había visto, el testigo apuntó a alguien del público y no al acusado.

Para sorpresa de la defensa y varios de los asistentes, el 14 de diciembre de 2018 el TOP de Valdivia dictó un veredicto condenatorio unánime contra el acusado, como autor de los delitos de incendio y  tenencia ilegal de arma de fuego de fabricación artesanal. La audiencia de lectura de sentencia fue programada para el viernes 21 de diciembre, en donde se le condenó a seis años de presidio por el delito de incendio; y tres años y un día por porte ilegal de arma de fuego.

Desde ese día cumple condena en el Centro Penitenciario de Valdivia, su defensa logró que se le abonara todo el tiempo que se mantuvo en prisión preventiva tanto en Chile como en Argentina, como también el tiempo en que estuvo detenido por la causa. En total, se le abonaron alrededor de cuatro años a la condena. A los pocos meses su defensa presentó una denuncia contra el Estado chileno ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que actualmente está en tramitación, y tiene que ver con el mal uso y una aplicación discriminatoria de la Ley de Inteligencia.

“La utilización de información obtenida en virtud de la Ley de Inteligencia, cuyas finalidades no son investigar delitos, sino más bien obtener información que tengan como finalidad propender a la seguridad nacional; siempre la hemos denunciado y vemos con recelo de que esto se utilice en juicios penales, puesto que la obtención de esta información no protege los derechos que está establecidos en la ley respecto de alguien que es perseguido por un delito, como el debido proceso y el respeto a os derechos fundamentales para obtener esa información”, indicó a Radio Universidad de Chile,  la abogada defensora de Jones Huala, Karina Riquelme. “Esa información además se encuentra protegida por el secreto de la ley de inteligencia, lo que hace imposible poder contra-interrogar a quienes entregan esta información en un juicio; más bien entregan lo que les parece y pueden guardarse cualquiera otra información que sirviera para descartar la participación de alguien que es acusado con informes emanados de inteligencia. Un gran ejemplo de eso es lo que pasó con el montaje de la Operación Huracán”, agregó.

En ese sentido, Karina Riquelme sostuvo que la única manera de explicar el desenlace de la historia de Facundo Jones Huala y su veredicto condenatorio, es ligándolo a la contingencia política que enfrentaban tanto Chile como Argentina en esos días. “Hubo un acuerdo entre países, porque él representa al pueblo mapuche en ambos lados de la cordillera“, señala.

“La voz de Facundo Jones Huala, de longko representativo del pueblo mapuche, traspasa las fronteras y representa la lucha contra los intereses de las transnacionales tanto a nivel argentino como a nivel chileno. Por lo cual, su prestancia política es la que, en definitiva, hoy día lo tiene privado de libertad“, sentenció Riquelme.

“No creemos que haya existido ningún tipo de prueba distinta respecto de todas las otras personas que fueron absueltas en el mismo caso. Pero lo que pasa con él es que se trata de una voz pública y política que va en contra de los intereses neoliberales que mantiene Argentina y Chile, y que además demuestra tanto que el genocidio al pueblo mapuche sucedió en ambos lados de la cordillera, como que este pueblo se encuentra presente en ambos países“, concluyó la defensora del dirigente mapuche.

Con información desde equipo de Comunicaciones Mapuche

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