Senado dio luz verde a proyecto que crea un servicio de radiodifusión comunitaria ciudadana

La Cámara Alta aprobó en forma unánime la idea de legislar sobre esta iniciativa que si bien establece la figura legal de radios comunitarias ciudadanas, las limita a una porción marginal del espectro –menos del 5%-, en comparación a lo que ocurre en otros países de la región donde se les resguarda al menos un […]

Por Director

05/11/2009

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La Cámara Alta aprobó en forma unánime la idea de legislar sobre esta iniciativa que si bien establece la figura legal de radios comunitarias ciudadanas, las limita a una porción marginal del espectro –menos del 5%-, en comparación a lo que ocurre en otros países de la región donde se les resguarda al menos un tercio del dial, e impone nuevos requerimientos a la solicitud de concesiones.

Por votación unánime, de 21 votos a favor, la sala del Senado aprobó ayer en lo general el proyecto de ley que crea los servicios de radiodifusión comunitaria ciudadana y fijó plazo hasta el lunes 14 de diciembre para presentarle indicaciones a la iniciativa.

La propuesta apunta a crear un régimen jurídico especial para las emisoras que hoy son denominadas “radios de mínima cobertura y contempla, entre otras disposiciones, aumentar la potencia máxima de transmisión de 1 a 25 watts y la ampliación del plazo de concesión de 3 a 15 años.

Sin embargo, aunque en la web del Senado se informa que el “objetivo central de este proyecto es entregar los mecanismos que aporten al fortalecimiento de las organizaciones de la sociedad civil y al pleno ejercicio de la libertad de expresión en este ámbito”, lo cierto es que la iniciativa margina a estas emisoras a una mínima expresión del espectro radioeléctrico.  Un bien de uso público que es administrado por el estado, y a través del cual hoy obtienen importantes utilidades las radios de carácter comercial.

Por eso la periodista y coordinadora del Área de Comunicaciones del Observatorio Ciudadano, Paulina Acevedo, quien ha seguido de cerca la tramitación del proyecto, afirma que “si bien es de valorar que se esté legislando para reconocer a las radios comunitarias, este es un proyecto que está lejos de promover el desarrollo de nuevos medios locales, puesto que impone nuevos requisitos a la postulación a concesiones, como la certificación por parte del Ministerio Secretaria General de Gobierno, y destierra a un verdadero ghetto hacia el final del dial, de menos del 5%, a aquellos que logren acceder a las licitaciones”, enfatiza.

Cuándo en otros países de la región se garantiza al menos un tercio del espectro…

Exacto, en Ecuador, Uruguay, Venezuela o en Argentina, donde acaba de aprobarse como ley un proyecto que resguarda este tercio para los medios comunitarios y que además reconoce a los pueblos indígenas su derecho a la comunicación.  Algo muy distinto a lo que ocurre en Chile, donde será la División de Organizaciones Sociales del Ministerio Secretaria General Gobierno, la que certificará la condición de radio comunitaria en el caso de “etnias”, dice la iniciativa, o de proyectos que promuevan sus culturas o lenguas.  Lo que viola abiertamente el convenio 169 de la OIT, que exige la consulta previa de estos pueblos cuando existen situaciones que les incumben directamente.

Se habla también que estas radios podrán acceder a publicidad para financiarse, ¿qué tan cierto es esto?

El actual proyecto les permite acceso solo a “menciones radiales”, lo que ya en el debate en la Cámara de Diputados se definió como menciones dentro del marco de un programa, y además que los avisadores solo pueden ser de carácter local, dentro del radio de la licencia concedida.  Esto es simplemente absurdo, pues no es posible pensar que puedan sostenerse con avisos menores y en mencionados en medio de un programa, al estilo de los matinales de televisión.  Y una arbitrariedad que vulnera la igualdad ente la ley, pues no se les permite, como a cualquiera radio con fines de lucro, dar tandas comerciales entre cada programas y en los cortes intermedios.

¿Cuál es el beneficio de la ley, entonces, si con ella a las radios comunitarias se les margina en el dial, les imponen nuevos requerimientos y no pueden hacer publicidad?

El beneficio es que se abra el debate, pues aquí no solo hablamos de radios comunitarias y o televisión digital, en otro proyecto que se tramita en el congreso, hablamos de la democratización de las comunicaciones; de un poder, la comunicación, que hoy les permite incidir en la opinión pública o hacer negocios de difusión publicitaria; y hablamos de un bien de uso común, el espectro radioeléctrico, que pertenece a todos los y las chilenos y chilenas, y que es entregado en concesión por el estado.

El tema de fondo, entonces, no es que se reconozca o no a las radios comunitarias, o si elegimos la norma japonesa o europea para la televisión digital, el tema es ¿quiénes, cuántos y cómo pueden hacer uso del espectro?, ¿cuál es el rol del estado: fiscalizador, promotor, de establecer fondos concursables?, ¿deberían las radios sin fines de lucro pagar un tributo especial que permita crear un fondo común para financiar proyectos?, si la libertad de expresión es un derecho que permite alcanzar a todos los restantes y piedra angular de la democracia, ¿qué la sociedad que estamos construyendo?, y no me refiero a la sociedad de la comunicación.

Por Observatorio Ciudadano

observatorio.cl

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