No aceptaron denuncias contra el edil Eduardo Rivera

Claudia Rivera no incurrió en delitos electorales: TEEP

El Tribunal resolvió 16 asuntos especiales; un recurso de apelación y siete juicios para la protección de los derechos políticos

La expresidenta municipal, Claudia Rivera Vivanco, no realizó declaraciones que acreditan la utilización indebida de recursos públicos, pues al momento de hacerlo público, ella ya no era funcionaria pública, tampoco ofertó apoyos y promesas para promover el voto, señalaron los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP).

En sesión pública virtual, los magistrados se presentaron ante el pleno y resolvieron 24 proyectos. Entre ellos la petición al presidente municipal, Eduardo Rivera Pérez, presentar sus informes sobre gastos de campaña, aunque no se aceptaron las denuncias en su contra por actos anticipados en el proceso electoral.

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Denuncias contra Claudia Rivera

La denuncia TEEP-AE-075/2021 presentada por Gabriel Mariano Pulido González contra de Claudia Rivera Vivanco, en ese entonces presidenta municipal con licencia, fue desechada, al no comprobar la utilización indebida de recursos públicos o la apropiación de logros de gobierno y programas sociales con fines electorales.  

En la acusación TEEP-JDC-141/2021, promovida por Eduardo Elías Gandur Islas contra la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena se determinó como improcedente una denuncia contra Rivera Vivanco, debido a que podría tratarse de un conflicto de interés, por ello los magistrados propusieron suspenderla.

En el asunto especial TEEP-AE-069/2021, iniciado por Diana Vivanco Calixto contra de Ana Laura Martínez, por violaciones al principio de imparcialidad en la contienda electoral, las autoridades lo calificaron como inexistentes las infracciones atribuidas.

El 16 de marzo, en diferentes medios de comunicación se difundió una rueda de prensa virtual en el perfil de Regidores Puebla, donde se le pidió a Gabriel Biestro desistir de la contienda electoral, pero el evento fue realizado en el ejercicio de sus funciones, lo que no representó un gasto extra y no hace alusión al voto en su conta.

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Para el juicio TEEP-JDC-243/2021, el cual fue abierto por Gonzalo Castillo Pérez, en ese momento en su carácter de síndico municipal del Ayuntamiento, contra de la omisión de pago de la compensación anual a la que tenía derecho, los magistrados declararon al Tribunal como incompetente para resolver dicha impugnación.

Sin proceder señalamientos contra el PAN y PRI

No fue posible acreditar los señalamientos de la acusación TEEP-AE-140/2021, promovido por Sammy Israel Hernánez Piñarato como representante ante el Consejo Municipal Electoral del partido Movimiento Ciudadano y su candidato a la presidencia municipal de Puebla, en contra del panista y actual edil Eduardo Rivera Pérez, por actos anticipados de campaña y omisión en la presentación de gastos de campaña. Sin embargo, sobre el reporte de gastos de campaña se advertirá del caso al Instituto Nacional Electoral (INE) para que se haga el pronunciamiento correspondiente.

Se declararon como inexistentes las acusaciones por actos anticipados de precampaña o campaña realizadas en el proyecto TEEP-AE-047/2021, abierto por José Alberto Santiago Espinosa en contra del PAN, el diputado Oswaldo Jiménez López y otros ciudadanos, ya que en los vídeos que publicaron sobre la vacunación covid no se hacen llamados al voto; el TEEP-AE-050/2021, interpuesto por María Lourdes Nazario Luna en contra de Josué Osvaldo Guzmán Sánchez, excandidato del PRI para la presidencia municipal de Tlacuilotepec.

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Asimismo, declararon como nulo en el expediente TEEP-AE-067/2021, promovido por el PRI a través de su representante en el Consejo Municipal Electoral en Tepeca, contra José Huerta Espinoza, presidente municipal electo de Tepeaca; además invalidaron el TEEP-AE-066/2021 promovido por Leodany León López contra Carlos Barragán Amador, excandidato de la presidencia en Xicotepec.

Revocación de sentencia y exigencia de pago

Los magistrados revocaron la sentencia del archivo TEEP-JDC-219/2021, impuesta por Sabina Martínez Osorio, militante de Morena contra la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena para que su denuncia sea revisada por las autoridades, ya que con anterioridad fue declarada como improcedente. También la sentencia TEEP-JDC-242/2021 promovida por Sabina Martínez Osorio  contra de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena por actos de nepotismo y corrupción, fue declarada como improcedente por extemporaneidad.

En los señalamientos TEEP-JDC-230/2021, TEEP-JDC-231/2021 TEEP-JDC-232/2021, interpuestos por los regidores Roberto Salvador García, Eduardo Hernández Aranda, Hortencia Vargas Pérez, en contra del presidente municipal de Jalpan, las denuncias fueron calificadas como infundadas por la falta de pago de las quincenas vencidas, por lo que tendrán que ser pagadas a la brevedad.

En el expediente TEEP-AE-077/2021, iniciado por Martín Reyes Sánchez, representante del Partido Acción Nacional contra Uruviel González Vieyra, excandidato a la presidencia municipal de Chalchicomula de Sesma y el Partido Movimiento Ciudadano, se declaró el uso indebido de símbolos de carácter religioso durante su campaña electoral, por ello propuso otorgarle una amonestación pública.

Sin embargo, la magistrada Norma Angélica Sandoval Sánchez, señaló que basado en la subjetividad y la libertad de culto no existían elementos acusatorios, por lo que la acusación fue declarada como inexistente.

Del expediente TEEP-AE-108/2021, iniciado por Juan Toral Ramos en contra de Aarón Bonilla Paulino, ambos excandidatos a la presidencia municipal de Chignahuapan, se calificó como válida la existencia de propaganda calumniosa en radio por lo que se propone una amonestación pública al denunciado. También, el oficio se turnó al Instituto Electoral del Estado (IEE) para que se presente la denuncia correspondiente ante el Instituto Nacional Electoral (INE).

Señalamientos infundados

Los agravios señalados en el TEEP-A-061/2021, promovido por Jorge Luis Blancarte Morales como representante del Partido Encuentro Social, en contra del Consejo General del IEE, por la elección de San Andrés Cholula, fueron calificados como infundados.

Al carecer de pruebas para comprobar sus acusaciones, fueron desechadas las denuncias TEEP-AE-132/2021, promovido por Ángel Enrique Sabinas Reyes en contra de Isaac Rodríguez Ochoa, excandidato a la presidencia municipal de Esperanza, por la supuesta pinta de 16 bardas; y el TEEP-AE-141/2021, iniciado por Aldo Octavio Tecpanecatl Tolama en contra de Felipe Sandoval de la Fuente, por actos anticipados de campaña en San Andrés Cholula.

Los magistrados declararon como inexistentes las denuncias realizadas en los oficios, TEEP-AE-081/2021, iniciado por Roberto Carlos Flores Sánchez en contra de Jesús García López y el partido Redes Sociales Progresistas, por actos anticipados de campaña; el TEEP-AE-091/2021 promovido por el partido Redes Sociales Progresistas en contra de Andrés Artemio Caballero López; el TEEP-AE-127/2021, abierto  por Salomón Pérez González en contra de Jacobo Aguilar Sánchez por actos proselitistas en Tehuacán; el TEEP-AE-109/2021, abierto por Partido Movimiento Ciudadano en contra de Juan Toral Ramos.

Foto: Agencia Enfoque y Especial

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