Contratos laborales: por vez primera, trabajadores de Puebla dan su opinión

El 1 de mayo vence el plazo para legitimar contratos colectivos mediante voto libre, directo y secreto

El próximo 1 de mayo vence el plazo para que los sindicatos de Puebla legitimen sus contratos colectivos vigentes, mediante el voto libre, directo y secreto de la base trabajadora, pues si no lo hacen, los acuerdos se darán por terminados y deberán negociarse de nuevo con las empresas.

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La legitimación tiene el objetivo de que cada persona sindicalizada conozca el contenido de los convenios laborales puesto que muchos se firmaron entre el patrón y la dirigencia sindical sin el consentimiento del personal.

Este proceso es distinto a la revisión integral y la revisión salarial, pero pueden votarse al mismo tiempo sin que una condicione a la otra, de modo que puede avalarse la legitimación, pero no la revisión salarial y viceversa.

La ratificación se realizará una sola vez, pero la revisión integral del contrato tendrá que realizarse cada dos años a partir de ésta, también mediante una votación.

¿Para qué sirve la legitimación de contratos?

La reforma laboral de 2019 hizo obligatoria la legitimación en todo el país para conocer cuántos y cuáles contratos colectivos registrados ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje realmente tienen el respaldo de la base trabajadora.

El proceso únicamente involucra a sindicatos con contratos colectivos del sector privado o instituciones autónomas, ya que los trabajadores de los poderes del Estado ya estaban obligados a realizar la revisión contractual antes de la reforma laboral.

La reforma fijó un plazo de cuatro años para la legitimación, sin embargo, al corte del 8 de abril había más de mil consultas programadas en todo el país para realizar la votación respectiva antes de que culmine el tiempo.

Los contratos que no sean sometidos a consulta no serán reconocidos por el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL), así que carecerán de validez y se darán por terminados, además de que las dirigencias de los sindicatos podrían ser sancionadas mediante procesos administrativos.

Si en la consulta el personal rechaza el contrato colectivo, éste se dará por terminado y deberá negociarse otro cuyas condiciones sí tengan el aval de la base sindical, pero mientras eso ocurre se mantendrán vigentes los derechos y prestaciones que tengan las y los trabajadores.

El Centro Federal de Conciliación cuenta con un registro abierto al público, en el cual se pueden consultar los contratos legitimados, los rechazados y las consultas programadas por los sindicatos, aunque no es posible filtrarlos por entidad federativa.

¿Cómo va la legitimación en Puebla?

En Puebla han sido legitimados alrededor de 400 contratos colectivos, según estimaciones de la Secretaría de Trabajo, y aproximadamente hay 50 consultas programadas en lo que resta del plazo legal.

En marzo, el secretario de Trabajo estatal, Gabriel Biestro Medinilla, reveló que en cuatro consultas los contratos fueron rechazados por los trabajadores, así que los respectivos sindicatos tendrían que entablar nuevas negaciones entre las empresas y la base.

En el registro público de contratos colectivos aparecen como rechazados los de las empresas Impo Export Fergar, instalada en Tehuacán, y Top Jean, ubicada en la colonia Villas Posadas, en la capital poblana.

Algunos contratos que sí fueron legitimados corresponden a la Central de Autobuses de la ciudad de Puebla (CAPU), Autobuses México-Puebla Estrella Roja, Cemex, Suburbia, Pepsico, Peñafiel, Pelikan, Stanley, Lester, Convermex, Soni Gas, La Italiana y Cruz Azul.

También la Asociación Sindical de Personal Académico de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla (BUAP), la Fundación Universidad de las Américas Puebla (FUDLAP), el Colegio de Bachilleres del Estado de Puebla (Cobaep), Industrial de Abastos Puebla, Chedraui, Hotel Fiesta Inn, Autobuses JBS, Mabe, Deacero y Pelzer.

Entre los contratos cuya votación está programada destacan: Gapsa, el Sindicato Unitario de Trabajadores de la BUAP (Suntuap), Gas Global y Cales Tepeyahualco, por mencionar algunos.

En el registro disponible en internet todavía no aparecen los contratos colectivos de las plantas armadoras Volkswagen y Audi, que fueron legitimados hace unos días, ya que en el caso de Volkswagen sólo se encuentra el de su planta de Guanajuato.

La semana antepasada también realizó su consulta el personal de Fujikura Automotive, empresa dedicada a la fabricación de autopartes, donde votaron mil 509 personas, de las 2 mil 88 con derecho de hacerlo, y el contrato fue legitimado con el 88.8 por ciento de aprobación.

Diferencias entre legitimación contractual y revisión salarial

La legitimación de los contratos colectivos no es lo mismo que la revisión salarial y contractual, pues la primera se realizará solo una vez para que la base trabajadora valide los contratos vigentes, ya que algunos tienen lustros o décadas de antigüedad sin que el personal conozca su contenido.

Tras ratificarse el contrato, los sindicatos definirán en sus estatutos cada cuándo podrán solicitar a la empresa la revisión salarial y contractual, a fin de establecer nuevas condiciones en el contrato colectivo, mismas que también deberán ser votadas por la base en una consulta.

Si algún sindicato aprovecha la legitimación para realizar la revisión salarial, podrá hacerlo, siempre y cuando informe de manera precisa a sus agremiados y en la consulta cuente con boletas, urnas y actas de resultados destinadas específicamente para cada fin.

Es así que el personal sindicalizado podrá votar como prefiera en cada caso, sin que la legitimación garantice la aprobación de la revisión salarial y viceversa.

Si se aprueba la revisión salarial, pero no la legitimación, el sindicato perderá la titularidad del contrato colectivo, aunque podrá negociar uno nuevo, pero la misma oportunidad tendrá otro sindicato que busque representar a la base.

¿Cómo hacer legítimo un contrato colectivo?

La reforma laboral de 2019, en su artículo 11 transitorio, indica que para legitimar un contrato colectivo los sindicatos deben emitir una convocatoria en la cual se establezca la fecha, hora y lugar de la votación, misma que tiene que contar con boletas foliadas y selladas, urnas transparentes, mamparas especiales, padrón de votantes y actas para resultados.

Para la consulta el sindicato designa una comisión que recibe los votos y luego los cuenta, además de que en toda la jornada tiene que estar presente un notario o representante de la Secretaría de Trabajo, a fin de verificar y dar fe de la legalidad del proceso.

Si en la votación el contrato es avalado por la mayoría de trabajadores y el CFCRL no emite observaciones sobre irregularidades dentro de los siguientes 20 días hábiles, el contrato correspondiente quedará legitimado y aparecerá en el registro.

Si tras alguna inconformidad de trabajadores o testimonios de notarios o representantes de la secretaría, el CFCRL acredita anomalías graves que incidan en el resultado de la consulta, podrá anular el proceso y el sindicato deberá repetir la votación.

El Centro Federal de Conciliación también verifica la información que proporciona el sindicato desde la convocatoria de la consulta, para evitar que sea inexacta o incompleta, pues de ser así deberán subsanarla antes de la votación.

Si se detecta que el sindicato proporcionó información falsa con dolo, el CFCRL podrá iniciar procesos administrativos para imponer sanciones, además de las penas que amerita el delito de falsear información a una autoridad.

Ilustración: Iván Rojas

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