Comunidad trans, identidad sexogenérica:

El Ley Agnes: una deuda pendiente con la comunidad trans

De nueva cuenta, el Congreso del Estado de Puebla pospuso la aprobación de la Ley de Identidad de Género Autopercibida, también conocida como “Ley Agnes”, pese a que fue un compromiso con los grupos feministas que protestaron en días pasados en la sede del poder legislativo.

Francisco Herrera Coca

Dicha iniciativa permitirá que las personas transgénero tengan documentos de identidad acorde con el género con el que desean vivir, independientemente del sexo con el que nacieron.

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación al Congreso para aprobar dicha ley, al argumentar que contribuye “a eliminar la discriminación histórica y estructural que, de manera injusta, se ejerce en contra de las personas trans que residen o transitan en esta entidad”.

En el documento agrega: “Todas las autoridades tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

“Cabe señalar que tanto en la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación y en la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación de Puebla, discriminar está prohibido cuando se realiza a partir de las características inherentes de las personas, como su identidad de género. Lo anterior, aunado a que, tanto en el Código Penal Federal como en el Código Penal de esa entidad, dicha conducta constituye un delito”.

La CNDH también recuerda que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se ha pronunciado en reiteradas ocasiones sobre la necesidad de garantizar el derecho a la identidad de género de las personas.

Cabe recordar que la aprobación de esta reforma fue una de las promesas de los diputados y diputadas de Morena durante la campaña de 2018, y se ha ido a la congeladora como sucedió con otras iniciativas que tienen que ver con los derechos reproductivos y sexuales.

En contraste, en 2015, en la Ciudad de México se aprobaron una serie de modificaciones que simplificaron el trámite para cambiar los documentos de identidad genérica de las personas trans, eliminado la mayoría de los conflictos administrativos que existían.

Se entiende por identidad de género: “la convicción personal e interna, tal como cada persona se percibe a sí misma, la cual puede corresponder o no al sexo asignado en el acta primigenia”.

Agnes Torres

¿Por qué “Ley Agnes”?

La propuesta de ley toma su nombre de la activista trangénero Agnes Torres, asesinada en 2012. Su lucha comenzó cuando terminó de estudiar la carrera de psicología en la Universidad Veracruzana, a la cual ingresó como hombre, con el nombre de Abraham, aunque egresó ya como mujer tomando la identidad de Agnes.

El cambio de género no fue reconocido por las autoridades universitarias, quienes no quisieron entregarle su título universitario, lo que la llevó a iniciar su activismo en busca de modificar varios artículos del Código Civil del estado de Puebla, de donde ella era oriunda, a fin de permitir el cambio de identidad en los documentos oficiales de las personas transgénero.

Redactó la iniciativa tomando como ejemplo las reformas realizadas al Código Civil de la Ciudad de México. La propuesta, que contempla modificar el artículo 831 del Código Civil estatal, fue llevada al Congreso.

El asesinato de Agnes detuvo su camino, pero no el de su lucha. En 2016, la diputada local del Partido de la Revolución Democrática, Socorro Quezada Tiempo, elaboró el proyecto con el apoyo de las bancadas de otros tres partidos.

A cinco años de su redacción, el proyecto sigue en la “congeladora”, pese a que otras figuras de Morena, como la presidenta municipal, Claudia Rivera, han traído de vuelta el tema a la agenda de los gobiernos morenistas.

El crimen de odio

Un cambio que sí se realizó en la legislación estatal, a raíz del asesinato de Agnes a manos de su expareja, fue una modificación a la ley para juzgar estos delitos como crímenes de odio.

Se cambió el Código Penal, en particular al artículo 330 bis, que dice: “Para los efectos del artículo 323 de este Código, existe odio cuando el agente lo comete por razón del origen étnico o nacional, raza, género, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, preferencias sexuales, apariencia física, estado civil, creencia religiosa, ideología política, opiniones expresadas o cualquier otra que atente contra la dignidad humana, la libertad o la igualdad”.

Con ellos, Puebla se convirtió en uno de los 13 estados en reconocer este tipo de delitos. En cuanto a la Ley Agnes, la espera continuará.

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