Si no verifican en Puebla, habrá restricciones para conductores

El gobernador señaló que no es válido que los conductores realicen este proceso en otras estados colindantes como Tlaxcala

Los conductores de Puebla tienen la obligación de verificar en esta entidad, de lo contrario sólo podrán circular después de las 10 de la mañana, informó el gobernador Miguel Barbosa Huerta.

Durante su conferencia matutina, el mandatario explicó que los cambios a la Ley para la Protección del Ambiente Natural y el Desarrollo Sustentable del Estado de Puebla, que presentó al Congreso de Puebla la semana pasada, buscan regular la verificación.

Barbosa Huerta señaló que no es válido que los conductores realicen este proceso en otras estados colindantes como Tlaxcala.

“No se está permitiendo que vayan a verificar a Tlaxcala y vengan a aquí normalitos. No, no, es obligatorio aquí en Puebla, el que verifique fuera de Puebla va a poder circular en el estado después de las 10 de la mañana”

Miguel Barbosa Huerta
Gobernador de Puebla

De acuerdo con la propuesta, en análisis por los legisladores, el vehículo que circule en el estado de Puebla, sin importar si es una unidad del transporte privado o del servicio público, deberán acreditar que se han sometido a una verificación vehicular.

Además, las infracciones viales, podrán impugnarse por escrito en un plazo no mayor a 15 días hábiles tras ser emitidas, lo que representa una ampliación importante, pues actualmente sólo se cuenta con tres días para intentar suspender los efectos de las sanciones.

Actualmente, la obligación de someterse a la verificación vehicular se limita a los automotores para uso público o privado que estén registrados en la entidad, pero con la reforma, esto se ampliará a las unidades foráneas que circulen en el estado.  

Además, según el Artículo 53, la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial podrá emitir nuevos acuerdos para prevenir o controlar una situación de contingencia ambiental que incluyan restringir o suspender la circulación de vehículos automotores, como el sistema “Hoy no circula”.

También modifica la fracción XIII del Artículo 42 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla, a fin de detallar qué documentos y hologramas deben portar los vehículos para acreditar el cumplimiento de sus obligaciones, en especial las medioambientales.

La iniciativa está en análisis en el Congreso de Puebla para su análisis por el Congreso Local. En caso de ser aprobado, será aplicado a partir de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

Foto: Agencia Enfoque

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