Impugnan fallos de TEEP

TEPJF aprueba fiscalización de INE a candidaturas morenistas en Puebla

Resolvieron 11 juicios de la ciudadanía, seis juicios electorales, tres juicios de revisión constitucional electoral y seis recursos de apelación

Por MV Valtierra

01/10/2021

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Por Anaid Piñas

Puebla, 1 de octubre de 2021. Se confirmó el Acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) y se cumplieron las sentencias emitidas por la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral (SRCDMX) relacionadas con la fiscalización de las campañas de diversas candidaturas de Morena a diputaciones locales y presidencias municipales en el estado de Puebla. También se validó la elección de los municipios de Amozoc, Santa Clara Ocoyucan, Huehuetlán El Grande, Aljojuca y Venustiano Carranza.

Durante la sesión virtual, los magistrados de la SRCDMX del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvieron 11 juicios de la ciudadanía; seis juicios electorales, tres juicios de revisión constitucional electoral y seis recursos de apelación.

Resoluciones impugnadas

Los proyectos SCM-JDC-2037/2021 y SCM-JDC-2039/2021, promovidos por Juventino Raúl de Ita Sosa y otra persona, contra la resolución emitida del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) que confirmó la validez de la elección en Amozoc fueron acumulados; además los señalamientos ofrecidos no eran materia para solicitar una queja en materia de fiscalización; por lo que se confirmó la resolución impugnada, favoreciendo al candidato Mario de la Rosa Romero.

Los juicios promovidos por Marcela Lozada Colotl y otra persona contra el TEEP para cambiar los resultados electorales de Ocoyucan SCM-JDC-2170/2021 y SCM-JDC-2171/2021, respectivamente fueron acumulados. Los magistrados señalaron que sus pruebas eran improcedentes, por ello se propuso confirmar la resolución impugnada.

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Para la sentencia del juicio SCM-RAP-150/2021, interpuesto por Morena en contra de una resolución del Consejo General de INE relacionado por el dictamen del rebase de tope de campañas, el pleno concluyó que la reposición del procedimiento ordenado en las sentencias se realizó de manera correcta, específicamente lo relacionado a las notificaciones hechas por la Unidad de Fiscalización del INE, mediante las cuales se garantizó la garantía de audiencia.  Un caso similar fue el archivado en el expedienteSCM-RAP-88/2021, promovido por Morena.

En ambos casos, los incidentes de incumplimiento de sentencia, se acreditó que la Unidad realizó tres notificaciones en favor de las personas promoventes. Por otra parte, se consideró que los agravios relativos a que el acuerdo carece de debida fundamentación, motivación, exhaustividad y certeza son inoperantes, puesto que los planteamientos no combaten las consideraciones de fondo expuestas por el INE y se confirmó el acuerdo impugnado.

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El recurso de apelación SCM-RAP-92/202, emitida por Filemón Ramírez Sánchez para denunciar infracciones en materia de fiscalización en Puebla fue señalado con argumento inoperantes, por lo que se confirmó el dictamen en lo que fue materia de impugnación; lo mismo para los juicios SCM-JE-149/2021 y SCM-JE-150/2021 del Partido Encuentro Solidario para impugnar la elección en Venustiano Carranza.

Agravios electorales

Los recursos SCM-JDC-2191/2021 y SCM-JDC-2192/2021, emitidos por Mariana Rivera Hernández en su carácter de candidata a la presidencia municipal de Huehuetlán El Grande, se acumularon. Los agravios expresados se declararon parcialmente fundados por lo que reiteró el triunfo del PRI.

En el proyecto SCM-JRC-254/2021, interpuesto por el PRI para controvertir el triunfo de Morena en el municipio de Aljojuca, se señalaron como infundados los agravios, por lo que se confirmó la sentencia impugnada.

El juicio SCM-JRC-289/2021, promovido por el Partido Compromiso por Puebla en contra del TEEP, fue calificado como inoperante y se confirmó la sentencia impugnada; pero fue rechazado por mayoría de votos y se formuló un engrose.

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