En Limache

Confirman condena a prisión para ex concejala RN por fraude al fisco

La Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó el recurso de nulidad interpuesto por las defensas de la ex concejala de Limache Cynthia Marín Vera y de Catherine Carrasco Saavedra, confirmando la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota el pasado 4 de abril, que condenó a la […]

Por Daniel Labbé Yáñez

20/06/2018

Publicado en

Chile / Política / Regiones

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La Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó el recurso de nulidad interpuesto por las defensas de la ex concejala de Limache Cynthia Marín Vera y de Catherine Carrasco Saavedra, confirmando la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota el pasado 4 de abril, que condenó a la primera como autora de fraude al fisco y a la segunda como cómplice del mismo delito.

En fallo unánime, la sala reafirmó la sentencia que estableció para Marín Vera la pena de 10 años y un día de presidio efectivo. Respecto de Carrasco Saavedra, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota la condenó a 5 años y un día de presidio.

Además, a ambas se les aplicó las accesorias de multa del 10% del perjuicio causado y de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

El delito ocurrió el año 2012, cuando ambas mujeres se adjudicaron dos proyectos de fondos del Gobierno Regional con la “Agrupación para el Desarrollo de la Familia”, los que -según se acusó- nunca fueron ejecutados.

En su resolución, el tribunal de alzada consignó lo expuesto en la sentencia, en cuanto a que «en diversas ocasiones (…) Marín Vera intentó convencer a los testigos que allí se mencionan para  que concurrieran, con ella o solos, a retirar el dinero depositado en el banco por el Gobierno Regional, de modo que resultó acreditado que tenía perfecto conocimiento de la existencia de los fondos, que tenía el control de los mismos y que dispuso lo necesario para obtener materialmente ese dinero».

En ese sentido, se añade que esto «devela con meridiana claridad» que la concejala «no solamente conocía y quería el tipo penal, sino que buscaba el específico propósito de apropiarse de los fondos fiscales, lo que constituye dolo directo».

Respecto al argumento de la defensa en cuanto a que Marín Vera no era ni concejala ni jefe de gabinete del Gobierno Regional a la fecha de constitución de la «Agrupación para el Desarrollo de la Familia», el tribunal agrega que «tampoco es atingente, puesto que se está en presencia de delitos consumados de fraude al fisco, siendo la fecha de comisión de los ilícitos las mencionadas precedentemente, cuando la encartada sí tenía la calidad que la defensa discute».

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