Financiamiento a la política

Contraloría cuestiona al SII: «Es importante que querellas no obedezcan al mero capricho de la autoridad»

La Contraloría General de la República se pronunció respecto de la decisión del Servicio de Impuestos (SII) de no continuar presentando querellas por delito tributario, en el marco de las investigaciones por financiamiento irregular de la política

Por Felipe Menares

24/04/2017

Publicado en

Chile / Política

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La Contraloría General de la República se pronunció respecto de la decisión del Servicio de Impuestos (SII) de no continuar presentando querellas por delito tributario, en el marco de las investigaciones por financiamiento irregular de la política.

A través de un dictamen fechado el 21 de abril, el órgano fiscalizador reconoce que ante una infracción tributaria que puede ser sancionada con multa y pena privativa de libertad, el ordenamiento jurídico entrega al director del SII la posibilidad de optar por instar a la aplicación de ambas sanciones en el marco de un proceso penal, presentando la pertinente denuncia o querella, o bien por remitir los antecedentes al director regional que corresponda, a fin de que solo se persiga la imposición de la multa respectiva mediante el procedimiento que regula el artículo 161 del Código Tributario.

Sin embargo, la Contraloría tuvo en vista las querellas presentadas en los casos Penta y SQM, por lo que, en palabras de la entidad, «cabe puntualizar que, pese a tratarse de una atribución discrecional del director del SII, resulta indispensable que las decisiones que adopte en la materia tengan fundamento racional, ya que, conforme al principio de juridicidad, es importante que estas no obedezcan al mero capricho de la autoridad, sino a criterios objetivos que le otorguen legitimidad, por lo que lo que resuelva sobre el particular requiere tener un sustento en los antecedentes recabados al efecto».

Por otro lado, la Contraloría se refirió al caso de Carlos Ominami, puesto que el SII habría interpuesto la querella después de siete meses desde que el Ministerio Público le comunicó sobre su eventual participación punible, demora que habría generado la prescripción de la acción penal.

Al respecto, el organismo liderado por Jorge Bermúdez señaló que «corresponde que el SII investigue las razones de la demora en el ejercicio de la acción penal en el caso en comento, para lo cual deberá sustanciar un procedimiento disciplinario destinado a hacer efectivas las responsabilidades administrativas que hayan podido originarse con motivo de tal situación».

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