Por injurias graves contra Andrónico Luksic

Diputado Rivas condenado a 180 días de pena remitida y en duda su permanencia en el cargo

Además, la sentencia contempla la suspensión del cargo u oficio público por el mismo plazo y el pago de una multa de 40 UTM.

Por Felipe Menares

28/12/2016

Publicado en

Chile / Política

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Luego de ser condenado como autor del delito de injurias graves cometido a través de medios de comunicación social en contra del empresario Andrónico Luksic, el diputado Gaspar Rivas fue sentenciado a 180 días de remisión condicional  de la pena, suspensión del cargo u oficio público por el mismo plazo y el pago de una multa de 40 UTM, que podrá cancelar en 10 cuotas mensuales y sucesivas de 4 UTM. Además, deberá pagar las costas de la causa.

El juez de garantía Daniel Aravena dispuso la difusión de la sentencia en los medios de comunicación radio Bío Bío y The Clinic, dentro del plazo de 30 días contados desde la fecha en que la sentencia se encuentre ejecutoriada. La decisión del magistrado obedece a que a través de esos medios, el diputado Rivas calificó como «delincuente» e «hijo de puta» al magnate dueño de Canal 13.

¿PODRÁ EJERCER COMO DIPUTADO?

A partir de la decisión del juez relacionada con la suspensión del cargo, las partes manifestaron interpretaciones disimiles en declaraciones a la prensa, a la salida de tribunales. Para Hugo Rivera, abogado de Luksic, «en principio, no debe ejercer su cargo. Eso se tendrá que ver cuando se le comunique la sentencia correspondiente a la Honorable Cámara de Diputados».

En este sentido, el abogado agregó que «»el artículo 260 del Código Penal establece que están dentro del concepto de funcionario público precisamente los cargos de elección popular».

El condenado diputado Rivas respondió que «eso tengo que determinarlo a través del análisis del fallo, para ver si eso se va a hacer efectivo o no, porque hay un cumplimiento sustitutivo de la pena».

«Según mi defensa, la suspensión del cargo se produce cuando hay una condena con cumplimiento efectivo. Si hay una pena sustitutiva, eventualmente, lo que dice el artículo 30 del Código Penal podría no aplicarse. Es eso lo que estamos en vías de analizar con mis abogados», añadió.

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