100 votos a favor, 1 en contra y 2 abstenciones

«Ley Cholito» lista para ser promulgada: Diputados despacharon tenencia responsable de mascotas

Iniciativa tiene por objeto regular las obligaciones y derechos que corresponde a quienes sean responsables de animales, así como establecer las sanciones que se aplicarán por maltrato hacia éstos.

Por Daniel Labbé Yáñez

03/05/2017

Publicado en

Animales / Chile / Política / Portada

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Por 100 votos a favor, 1 en contra y 2 abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó este miércoles el último paso del proyecto de ley que regula la tenencia responsable de mascotas y animales de compañía. De esta forma, el texto legal de la llamada «Ley Cholito» será remitido al Ejecutivo para sus trámites de promulgación.

La iniciativa tiene por objeto regular las obligaciones y derechos que corresponde a quienes sean responsables de animales de compañía, tanto respecto de las mascotas, como por los daños a las personas y a la propiedad que sean consecuencia de la acción de los animales.

En ese sentido, explica la web de la Cámara, por tenencia responsable de mascotas o animales se entiende «el conjunto de obligaciones que contrae una persona cuando decide aceptar y mantener una mascota o animal de compañía». Esto -se detalla- «consiste, entre otras cosas, en registrarlo ante la autoridad competente cuando corresponda, proporcionarle alimento, albergue y buen trato, brindarle los cuidados veterinarios indispensables para su bienestar y no someterlo a sufrimientos a lo largo de su vida, además de respetar las normas de salud y seguridad pública que sean aplicables».

La iniciativa lleva el nombre de «Ley Cholito» en memoria del perro que el pasado 6 de enero recibió una brutal golpiza al interior de la galería Cristal, ubicada en el barrio Patronato, y que generó en la ciudadanía un repudio generalizado, además de querellas de organizaciones animalistas y autoridades. De ahí que la nueva normativa busque también frenar casos de maltrato animal como ese y que se suman a otros tipos de crueldad como el abandono en las calles, la cruza sin control en criaderos y la irresponsabilidad de sus dueños.

En ese sentido, la ley entrega a los ministerios del Interior, de Salud y de Educación, la promoción de la tenencia responsable de mascotas y animales de compañía, a fin de asegurar su bienestar, la salud de las personas y la protección del medio ambiente, tarea en la cual deberán colaborar también las municipalidades.

Aspectos claves de la ley

Para ello, se pueden identificar aspectos claves de la normativa que se pueden resumir en los siguientes puntos:

Cada municipio deberá dictar una ordenanza sobre la tenencia responsable de mascotas, ajustada al nuevo reglamento, prohibiéndose -por ejemplo- el sacrificio de animales como método de control de su población.

Todo responsable de una mascota estará obligado, entre otros deberes, a la adecuada identificación de la misma y de su dueño, así como a su inscripción en el registro respectivo. En ese sentido, la ley impone al Ministerio del Interior el deber de proporcionar una plataforma informática de registro e identificación de mascotas y animales de compañía, a la que accederán las municipalidades.

Otro punto clave es que se sanciona el abandono de animales, el que será considerado maltrato y crueldad animal, facultando a las municipalidades para rescatar a todo animal encontrado en sitios de uso público que no tenga identificación, con el objeto de entregarlo a alguna de las organizaciones de protección animal registradas legalmente. El objetivo posterior es que éstas procedan a sanitizarlos, esterilizarlos y reubicarlos al cuidado de alguna persona que asuma su tenencia responsable.

Respecto de esto último, la nueva reglamentación establece las normas a las que deberán someterse estas organizaciones destinadas a la protección de animales y a la promoción de la tenencia responsable de mascotas, los locales de venta y crianza, y los eventos en que éstos participen o sean exhibidos.

Uno de los hechos más importantes es que se agrega ahora la pena de presidio menor en su grado mínimo a medio (61 días hasta 3 años y 1 día), una multa de 10 a 30 UTM (de $460 a $1 millón 400 mil aproximadamente) e inhabilidad absoluta perpetua para tenencia de animales, al que como resultado de la acción u omisión produjere al animal lesiones que menoscaben gravemente la integridad física o su muerte.

En lo que se refiere a la protección de la ciudadanía y la responsabilidad de quienes estén a cargo de alguna mascota, la ley señala que toda persona que sea amenazada o perturbada en su vida, salud o integridad, por un animal de compañía, podrá denunciar el hecho, sin mayor formalidad, ante el Juez de Policía Local competente. Esto, a fin de que éste, en el más breve plazo, adopte las medidas que estime necesarias para eliminar dicha amenaza o perturbación.

En ese mismo marco, se establece que todo responsable de un animal deberá responder civilmente de los daños causados por éste, exceptuándose los casos de ejemplares caninos que causen lesiones graves o den muerte, así como el que ingrese a un domicilio sin autorización de los moradores ni justificación alguna o con el propósito de cometer delito.

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