Paraguay: Ley busca sancionar “acoso callejero” y el uso como “objeto” de la mujer en publicidad

La propuesta que será tratada primero en audiencia pública, generó cierta polémica y algunos medios la califican irónicamente de “Ley del piropo”

Por Leonel Retamal

27/03/2013

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La propuesta que será tratada primero en audiencia pública, generó cierta polémica y algunos medios la califican irónicamente de “Ley del piropo”. Un legislador liberal se mostró en desacuerdo, aun sin leer el proyecto. La misma aborda sin embargo, además de los puntos más polémicos, múltiples situaciones de violencia de género.

La Comisión de Equidad Social y Género, conjuntamente con la Comisión de Justicia, Trabajo y Previsión Social, organizan para el próximo miércoles 3 de abril, una Audiencia Pública, donde se expondrá el Proyecto de Ley, “Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres basada en asimetría de género”, como tema principal de debate.

El evento, que se desarrollará en la Sala Bicameral del Congreso Nacional, arrancará a las 08:30 horas, y se extenderá hasta las 12 horas.

Esta Ley tiene por objeto prevenir, sancionar, y erradicar de manera integral y multidisciplinaria la violencia contra las mujeres basada en asimetrías de género, y proteger los derechos de las víctimas. Además, la normativa protege la integridad física, sicológica, moral, sexual, patrimonial y económica de las mujeres, y su derecho a una vida libre de toda forma de violencia.

El proyecto prevé la tipificación de diversos delitos, hechos punibles y faltas que afectan a las mujeres, desde el feminicidio, actos de violencia, maltratos, diversos tipos de acoso, abuso, coacción sexual y violación, entre otros.

El proyecto cuenta con 203 artículos y fue presentada y elaborada por representantes de los tres poderes del Estado.

Puntos polémicos

Los principales puntos que generaron discusiones en medios de prensa y por parte de políticos fueron los referentes a la penalización de acoso callejero.

Lo que dice el artículo:

Artículo 66º. Acoso callejero

1°. Quien intencionalmente dirija palabras o acciones con connotación sexual a una mujer con quien no mantiene relación de ninguna índole, en lugares o espacios públicos, o de acceso público, y con ello la perturbe, afecte su dignidad, o la ponga en una situación intimidante, hostil u ofensiva, será castigado con pena de hasta ciento ochenta días multa, o con pena alternativa de trabajo comunitario de hasta nueve meses.

2°. El marco penal previsto será aumentado en un tercio cuando exista pluralidad de participantes, haya reiteración, la víctima fuera persona con discapacidad, adulta mayor o menor de edad.

3°. Se aplicará como pena adicional la composición, conforme lo dispuesto por el artículo 59 del Código Penal.

Mujeres en la publicidad

Otro artículo que fue difundido en redes sociales fue el 81, de “Publicidad lesiva”, que castiga la utilización como objeto de consumo a la mujer: “Quien produzca, emplee para fines comerciales, anuncie o publique por cualquier medio, incluidas la radiodifusión, la teletransmisión y las redes telemáticas, comunicación comercial o publicidad ilícitas en los términos de esta ley, y con ello vulnere la imagen de la mujer en su dignidad humana o la presente como objeto de consumo, utilizando particular y directamente el cuerpo de la mujer o partes del mismo como mero objeto desvinculado del producto que se pretende promocionar, empleando su imagen asociada a comportamientos estereotipados que vulneren la igualdad de derechos entre mujeres y varones, o coadyuvando a generar violencia de género, será sancionado con noventa a ciento ochenta días-multa, y con las penas adicionales de publicación de sentencia y publicación rectificatoria”.

En el artículo 82, “Transmisión de información lesiva” refiere a contenidos informativos, en diversos formatos, grabaciones, fotografías, videos u otros materiales, que puedan afectar la dignidad de la mujer o las presenten como objeto de consumo.

Discusión

El diputado liberal César López, entrevistado en la 970 am., a pesar de reconocer que no leyó el proyecto de Ley manifestó su preocupación por la iniciativa de los tres poderes del Estado.

Refiriéndose a la sanción por “acoso callejero”, dijo estar muy sorprendido y señaló que no se puede cercenar lo que prescribe la Constitución Nacional con relación a la presunción de la inocencia para garantizar la protección de las personas “y más teniendo en cuenta a nuestros fiscales y jueces que son un peligro en la aplicación de las leyes”.

“No tengo conocimiento todavía (del contenido del proyecto), pero yo en mi primer lugar seré defensor en contra de la Ley, voy a proponer el rechazo in limine de este proyecto de Ley”, aseveró.

La viceministra de la mujer, Teresita Silvero, sostuvo que en su redacción (del proyecto de Ley) no se ha violado ningún artículo de la Constitución Nacional.

También en la 970, la diputada Aida Robles defendió la iniciativa y aseveró que no se trata de un disparate, como expresó su colega, porque busca la protección integral de la mujer. Acotó que realizarán este miércoles 3 de abril una audiencia pública para recibir las observaciones correspondientes y mejorar la normativa en beneficio de las mujeres.

Fuente: Periódico E’A

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