Golpe a los consumidores

Senadores rechazaron que Sernac defienda a clientes frente a empresas de electricidad, gas y agua potable

"Hoy los consumidores no ven defendidos integralmente sus derechos y queríamos ampliar las atribuciones del Sernac precisamente para ello”, lamentó Eugenio Tuma, presidente de la Comisión de Economía, en donde se rechazó la indicación que formaba parte del proyecto de fortalecimiento del Sernac.

Por Daniel Labbé Yáñez

24/03/2016

Publicado en

Chile / Política / Portada / Sociedad

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Aguas Andinas

En medio de la discusión del articulado del proyecto que fortalece el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), que se encuentra en segundo trámite, la Comisión de Economía del Senado rechazó una indicación que permitía que este organismo tenga injerencia en empresas de servicios básicos, como electricidad, gas y agua potable. Con esto se confirmó la actual legislación que establece que determinadas actividades sean reguladas por leyes especiales, cuya institucionalidad recae en subsecretarías y superintendencias.

Al respecto, el presidente de la Comisión, el senador Eugenio Tuma, anunció que repondrán la indicación en la Sala. “Hace 16 años se creó la ley de derechos de los consumidores, y en ese momento se dijo que se generaba la industria del reclamo y demostramos que no era así. Hoy los consumidores no ven defendidos integralmente sus derechos y queríamos ampliar las atribuciones del Sernac precisamente para ello”, señaló.

“Esta ley no incluirá los servicios que regulan las superintendencias de bancos, telecomunicaciones y otras que se rigen por leyes especiales. Por ejemplo, los servicios básicos. Una vez más el congreso y ejecutivo rechazan la posibilidad de perfeccionar la ley en función de los derechos de los consumidores. Mucho menos se consideró regular los servicios profesionales, los que en otros países son fiscalizados por los colegios de cada orden”, agregó el legislador.

Empresas de servicios básicos

En la misma línea, el senador Alejandro Navarro recordó que “una vez más y tal como ocurrió en el año 1997 y el 2001, se pretende dejar fuera a las empresas de servicios básicos. El agua potable, la electricidad, y el gas son indispensables para los consumidores, pues no se puede elegir y cambiarse de compañía cuando se recibe un mal servicio, ya que por lo general hay monopolio en un territorio determinado”.

Como ejemplo, el parlamentario señaló que “cuando a un consumidor se le quema  un artefacto eléctrico tras un alza de voltaje, ni la Superintendencia de Electricidad ni el Sernac tienen herramientas para interceder en su favor, por lo que el consumidor debe recurrir a acciones civiles que tardan años y para la que se requiere de un abogado”.

Quienes estuvieron por rechazar la indicación que permitía al Sernac interceder por los consumidores frente a estas empresas de servicios básicos, argumentaron que la actual normativa que entrega facultades a las superintendencias y subsecretarías, permite la debida defensa de los derechos de los consumidores, por lo que introducir al Sernac en esta fiscalización solo confundiría los procesos.

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El senador Iván Moreira, por ejemplo, indicó que “todas las empresas que tiene leyes especiales son sancionadas por estos organismos, por eso no puede ser que se les aplique una doble sanción (superintendencias más Sernac). Esto no quita que se pueda establecer una denuncia en los tribunales para que se realicen las debidas indemnizaciones proporcionales a las infracciones cometidas”.

Por su parte, Lily Pérez dijo que “el Sernac no puede ser juez y parte, y si aprobamos esta indicación, lo estamos permitiendo”. A su vez, el senador Jorge Pizarro manifestó que “podría haber colusión de las normas y eso termina confundiendo”.

Dado este rechazo, la Comisión aprobó –por mayoría- la indicación del Ejecutivo que señala que “la sanción impuesta por la aplicación de una ley especial impedirá al Sernac una sanción adicional”. El texto aclara que “si el servicio llegare a tomar conocimiento de hechos que pueden constituir infracción fuera de normas distintas a esta ley, deberá denunciar los hechos ante los organismos respectivos y podrá hacerse parte de las causas en que estén afectados los intereses generales de los consumidores”.

Fuente: senado.cl

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