Pueblos originarios

Argentina: empleados públicos de origen mapuche tendrán cuatro días al año para asistir a festividades

El artículo aclara que “la sola manifestación del interesado ante la autoridad concedente es suficiente” para cumplir la disposición y equipara a los descendientes de pueblos originarios con aquellos que practican el catolicismo, judaísmo o profesan la fe musulmana.

A partir del mes de abril, los empleados de la Defensa Pública de Chubut (provincia al sur de Argentina) que se reconozcan como descendientes de pueblos originarios, donde predomina la ascendencia mapuche, podrán gozar de hasta cuatro días hábiles por año para asistir a las ceremonias religiosas, tales como los camarucos y la celebración de Wiñoy Tripantu (Año Nuevo). Esta inédita medida en el país trasandino quedó plasmada en la resolución 133 firmada por el exdefensor alterno Alfredo Pérez Galimberti, la cual modifica el artículo 70 del reglamento interno de la Defensa.

El proyecto de este reconocimiento fue presentado hace dos años, tal como destaca el portal argentino La Jornada, por el gremio de trabajadores de Chubut, Sitrajuch. Gabriela Huenchual, la secretaria adjunta, destacó el logro: “Es algo muy importante porque equipara los derechos entre las personas que profesan los credos judío y musulmán, que sí están contemplados en el artículo, con los compañeros que se reconocen descendientes de tehuelches o mapuches”.

En esa dirección, Huenchual agregó: “Yo no soy practicante pero soy respetuosa de quienes sí lo son, y considero que este es un paso más en la reivindicación de nuestros derechos como descendientes de los dueños de esta tierra”. Asimismo, la referente gremial confió en que el Superior Tribunal de Justicia “adopte la misma resolución que la Defensa, ya que se trata de un reconocimiento esencial”.

Un aspecto positivo de esta resolución, es que además podría extenderse a trabajadores de origen mapuche de otros ámbitos públicos. Huenchual aclaró, en dicho sentido, que aquellos empleados de otras dependencias que quieran acogerse al beneficio “pueden solicitarlo pidiendo que se equipare al reglamento del Ministerio de la Defensa. Y se los deben otorgar”.

Cabe destacar que en la resolución 133 se mencionan como fechas de las festividades la ceremonia del camaruco y el Wiñoy Tripantu, el Año Nuevo mapuche. En materia de fechas, el primero depende de la organización de la comunidad de referencia y el segundo se rige por la aparición de una constelación en el hemisferio sur en la época de invierno, por lo que es variable dentro del calendario occidental.

Por último, es importante hacer referencia a que el artículo aclara que “la sola manifestación del interesado ante la autoridad concedente es suficiente” para cumplir la disposición. Asimismo se hace referencia a una convocatoria a magistrados, funcionarios y empleados que se reconozcan como pertenecientes al pueblo mapuche/tehuelche realizada tiempo atrás con el objetivo de que opinaran respecto a la necesidad de justificar las inasistencias en que se incurriera por motivo de festividades religiosas de los pueblos originarios.

¿Podrá servir este caso para ampliarse al resto del continente?…

Por Gustavo Yuste, desde Argentina.
@gusyuste

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