Corte Suprema acoge recursos y otorga derechos de aguas a comunidades Aymara en Putre

"Valoramos que la Suprema haya rectificado los fallos anteriores en materia de derechos de aprovechamiento de aguas, pero nos parece lamentable que tengamos que estar siempre recurriendo a los tribunales superiores para poder consolidar nuestro derecho al agua", afirmó el dirigente aymara Richard Fernández.

Por Pía

20/02/2020

Publicado en

Chile / Justicia y DD.HH / Portada / Pueblos

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Este miércoles, la Corte Suprema acogió los recursos de casación y les otorgó derechos de aprovechamiento de aguas a las comunidades aymaras pertenecientes a la comuna de Putre, en la región de Arica y Parinacota.

Luego de que la Tercera Sala del máximo tribunal aceptará las solicitudes de reclamación que en su momento fueron rechazadas, por lo que concedieron los derechos demandados, tras decretar que las resoluciones impugnadas erraron al no considerar un informe antropológico.

En el fallo se agregó que “lo anterior es trascendente, ya que la etnia aymara es un pueblo originario cuya existencia está reconocida y amparados por la Ley Indígena».

Dicha Ley señala que “se deberá proteger especialmente las aguas de las comunidades aymaras y atacameñas. Serán considerados bienes de propiedad y uso de la comunidad indígena establecida por esta ley, las aguas que se encuentren en los terrenos de la comunidad, tales como ríos, canales, acequias y vertientes, sin prejuicio de los derechos que terceros hayan inscrito de conformidad al Código General de Aguas”.

Richard Fernández, de la Coordinadora Aymara de Defensa de los Recursos Naturales, señaló a Radio U de Chile, que valoró el fallo de la Suprema, pero a la vez lamentó que siempre tengan que recurrir a estas instancias para valer su derecho garantizado por la ley.

“Nosotros valoramos que la Corte Suprema haya rectificado los fallos anteriores en materia de derechos de aprovechamiento de aguas que buscan consolidar las comunidades aymaras de la comuna de Putre, pero esta situación a nosotros nos parece también muy lamentable y muy preocupante por el hecho de que tengamos que estar siempre recurriendo a los tribunales superiores para poder consolidar nuestro derecho al agua”.

Fernández, aseguró que estas acciones legales se seguirán presentando debido a que el fallo del tribunal reconoce el uso ancestral del agua por las comunidades indígenas; no obstante, la institucionalidad y las autoridades aún se resisten a concretar aquel legítimo derecho.

“Uno de los pueblos que ha utilizado de manera eficiente el agua ha sido el pueblo aymara, y el pueblo quechua también, y de alguna manera este fallo refleja que se reconoce su uso ancestral y, por lo tanto, se marca un precedente para las futuras causas, pues las causas no van a terminar con esta, van a continuar porque lamentablemente todavía hay un sesgo institucional y por parte de las autoridades en reconocer el derecho al agua de las comunidades indígenas, esto pese a que está reconocido en el artículo 64 de la Ley Indígena”, señaló a Radio U de Chile.

De Kilobug

Por otra parte, el dirigente del Movimiento por la Defensa del Agua, la Tierra y el Medio Ambiente (Modatima), Rodrigo Mundaca, añadió que, si bien la resolución es alentadora, pero no significa que exista voluntad del Gobierno ni del organismo del país de entregar los derechos de aprovechamiento de agua, al contrario, en este caso, se les obligó.

“En el fondo aquí no es la institucionalidad pública, es decir, la Dirección General de Aguas la que concede los derechos de aprovechamiento de agua, sino que es una acción judicial interpuesta por las comunidades, a través de un recurso de casación ante la Corte Suprema, donde es el tribunal el que finalmente falla a favor de ellas; no es que acá haya una voluntad de parte del Gobierno de entregar los derechos de agua, que en términos históricos, le pertenecen a los pueblos indígenas, sino que en rigor, aquí tuvo que haber una resolución de la Corte para que repusiera esta injusticia”, manifestó Mundaca a Radio U de Chile.

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