La no divulgación del artículo fue dictaminada por el Primer Juzgado de Familia de Santiago, vulnerando legislación nacional e internacional que prohíbe la censura previa.
Esto, señalaron desde la orden profesional, no obsta que si existe vulneración de derechos se pueda recurrir con posterioridad a tribunales de justicia o instancias de ética de organizaciones profesionales o gremiales.