legalización de cannabis

Despenalización del Autocultivo de Marihuana

Los cómo, cuánto, cuándo y quiénes de la nueva normativa

Por Mario Tapia

06/04/2015

Publicado en

Tendencias

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marihuana

Hoy a las 14,30 se decidirá si la cámara de diputados aprobará la moción de despenalización de autocultivo de marihuana para el consumo privado y despenalización de su expendio para usos terapéuticos. A pesar de lo que falta para hacer efectiva la legalización, que la cámara de senadores lo apruebe y en caso de que no, lo haga una comisión mixta, de senadores y diputados; pese a que no es totalmente seguro que se apruebe la moción, es necesario que sepamos de qué se trata esto, sobre todo considerando la estrategia liberal con que se han desarrollado las políticas del gobierno, sobre todo en materias morales dentro de la administración de Bachelet (por ejemplo unión de personas del mismo sexo, pero no matrimonio; aborto, pero sólo terapéutico). Por esto es importante saber cómo esta normativa afectará a los consumidores y qué implicancias tendrá, en términos generales, para todos quiénes mantendrían actividades relacionadas con el consumo de cannabis en la nueva normativa.

¿Cómo?

El medio de acceso será el autocultivo o el expendio institucional con fines terapeúticos. Se propuso que la extensión máxima será de un metro cuadrado y el máximo de plantas serán 6.

¿Quiénes?

Los que podrán acceder al consumo son mayores de 18, sin perjuicio de que menores puedan acceder al consumo de derivados de la marihuana con fines terapéuticos.

¿Dónde?

Se podrá consumir en espacios privados exclusivamente, considerando también la normativa para el consumo de tabaco. Es decir, se podrá consumir en lugares privados siempre y cuando no sea un edificio público o un espacio en el cual esté prohibido fumar.

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¿Cuánto?

El máximo que se podrá portar sin ser acusado de tráfico serán 10 gramos.

¿Para qué?

La finalidad de la ley es tanto combatir el narcotráfico, así también aliviar la compra de medicamentos costosos que tienen un uso exclusivamente terapéutico. Sin embargo esta normativa también contempla el uso recreacional de la marihuana, aunque no haya especificación acerca de su uso grupal o para fiestas privadas.

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