Glifosato daña y la justicia lo reconoce: Corte Suprema argentina ordena frenar fumigaciones cerca de zonas habitadas

La causa se inició en 2016, cuando una familia presentó un recurso de amparo ambiental por afecciones en la salud de sus integrantes por exposición a agrotóxicos, lo cual fue demostrado en un peritaje médico.

Glifosato daña y la justicia lo reconoce: Corte Suprema argentina ordena frenar fumigaciones cerca de zonas habitadas

Autor: El Ciudadano

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, en Argentina, confirmó una sentencia que reconoce el daño genético causado por la exposición al glifosato, un componente tóxico presente en herbicidas y que además ordena frenar fumigaciones cerca de zonas habitadas.

En su fallo, el máximo tribunal provincial prohibió que las pulverizaciones con este tipo de productos tóxicos se realicen a menos de 1.000 metros de las zonas urbanas de la localidad santafesina de Piamonte, para resguardar a sus habitantes.

Además, controla que los silos y galpones cuenten con cortinas forestales, prohíbe a las maquinarias dentro del pueblo; y declara como inconstitucionales a las leyes que permiten fumigar cerca de viviendas, y de centros de educación, salud y recreación.

La causa se inició en 2016, cuando una familia de Piamonte, interpuso un recurso de amparo ambiental por afecciones en la salud que demostraron, se debían por contaminación por agroquímicos. La denuncia se realizó en contra de la Comuna los titulares de los silos, plantas de acopio y galpones instalados en esta población que contienen bidones de glifosato

En principio, la sentencia del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo de San Jorge reconoció el derecho a incluir pruebas en los recursos de amparo y, con base en los peritajes ofrecidos, tuvo en cuenta el daño genotóxico que producen los herbicidas.

A partir de ello se estableció el límite de 1.000 metros para realizas las fumigaciones y se declaró la inconstitucionalidad de dos artículos de la ley provincial que regula la materia, y de la ordenanza 9/2020 de Piamonte.

Aunque la provincia, la comuna y los productores apelaron la decisión judicial, la Corte Suprema de Santa Fe dejó firme el fallo.

«A partir de este momento, la sentencia podrá ser invocada en toda Santa Fe para establecer otras distancias que alejen las fumigaciones y permitan la defensa de la salud, la vida y el ambiente», destacó la abogada Eugenia Boccio, representante de la familia que interpuso la acción legal.

Agrotóxicos aumentan la probabilidades de sufrir cáncer

La causa dejó en claro que los agrotóxicos provocan serias afecciones a la salud de las personas.

Mediante pruebas y peritajes se demostró el daño genético en miembros de la familia, pero sobre todo en mujeres y en una pequeña de 9 años.

“Es la única niña en el núcleo familiar, de 9 años de edad. Según el examen físico, es una niña saludable, eutrófica (con buen estado de nutrición), escolarizada, que realiza deportes en el club del pueblo. Sin antecedentes patológicos personales desde su nacimiento hasta los 5 años, que comienza con broncoespasmos respiratorios a repetición”, destacó la abogada.

Asimismo, la niña dio positivo en estudios de genotoxicidad, esto es, daño en el ADN por contaminación por agrotóxico, lo que marca una base para el desarrollo de cáncer en la adultez.

La fundadora de la Red Argentina de Periodistas Científicos (RADPC) Valeria Román, señaló que para emitir su fallo, los jueces del máximo tribunal de Santa Fe, tomaron en consideración los peritajes médicos, miles de estudios científicos realizados en el país trasandino por distintos investigadores, así como el perfil epidemiológico de los pueblos fumigados de esta provincia.

“Cientos de datos del perfil epidemiológico dicen que quienes viven en esas zonas de los pueblos fumigados y tienen entre 15 y 45 años tienen un riesgo de morir por cáncer que se incrementa 2,5 veces”, destacó en conversación con Página 12.

En la actualidad, la provincia de Santa Fe se encuentra en medio de un proceso de reforma de su Constitución, por lo que este fallo representa un gran un paso para que la producción agrícola no afecte la salud de sus habitantes.

“Sienta un precedente de acá en adelante y, por supuesto, no perder esta oportunidad de incluir en la nueva Constitución este derecho a una producción que no dañe a las personas porque no cabe duda que la ciencia sirve y mucho más lo estamos viendo en estos casos, cuando se refuerza que los agroquímicos, para muchos agrotóxicos, enferman y matan a las personas”, remarcó Vizental.

Pese a que en 2015 la Organización Mundial de la Salud (OMS) clasificó al glifosato como “probablemente cancerígeno para los seres humanos”, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), que regula la sanidad animal, vegetal y la inocuidad de los alimentos en Argentina, no volvió a reclasificarlo y sigue siendo considerado clase III o IV (“C” o “D”, para la ley vigente), es decir “poco peligroso”.

De hecho, el país trasandino continúa permitiendo el uso del glifosato debido a su papel central en el modelo agrícola basado en cultivos transgénicos, como la soja y el maíz, que requieren este herbicida para controlar malezas de manera eficiente y rentable. La falta de una legislación nacional que regule estrictamente su uso ha llevado a que las restricciones dependan de normativas locales, generando conflictos entre productores y comunidades afectadas por las fumigaciones.


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