Sólo podían visitarlo 10 personas

Corte Suprema acoge recurso de amparo a favor de Mauricio Hernández Norambuena

Durante meses, la defensa del ex integrante del Frente Patriótico Manuel Rodríguez intentó revertir la restricción impuesta por Gendarmería de Chile, que limitaba a diez el número de personas autorizadas para visitar o enviar encomiendas a Hernández Norambuena en el penal de Rancagua.

Corte Suprema acoge recurso de amparo a favor de Mauricio Hernández Norambuena

Autor: Camila Sierra

Durante meses, la defensa del ex integrante del Frente Patriótico Manuel Rodríguez intentó revertir la restricción impuesta por Gendarmería de Chile, que limitaba a diez el número de personas autorizadas para visitar o enviar encomiendas a Hernández Norambuena en el penal de Rancagua.

El pasado 3 de julio, la Corte Suprema falló a favor de la defensa, anulando la medida impuesta y reconociendo que esta “vulneraba la dignidad de la persona”, según declaró el abogado Mauricio Menares. El fallo establece que la restricción no tenía fundamento suficiente, no respondía a un fin legítimo y era arbitraria y desproporcionada.

¿Por qué es relevante este fallo para los derechos carcelarios?

Menares explicó que limitar el número de personas enroladas para visitas y encomiendas restringe profundamente la vida afectiva y social de los reclusos, especialmente en el caso de Mauricio Hernández, quien tiene una extensa red de familiares y amistades.

“Si se limita a 10 las personas que pueden visitarlo o llevarle cosas, él debe elegir entre sus hijos, su pareja, sus amigos. Es una medida que aísla y endurece aún más su régimen de privación de libertad”, afirmó el abogado.

Desde el plano jurídico, el fallo también refuerza el principio de dignidad humana dentro del sistema penitenciario y cuestiona las decisiones administrativas de Gendarmería de Chile que no se encuentren debidamente justificadas.

Corte Suprema reconoce condiciones particulares de Hernández Norambuena

Un punto clave del fallo es que la Corte Suprema consideró factores como la edad de Mauricio Hernández (67 años), su calidad de adulto mayor, el hecho de que su familia vive lejos del recinto penitenciario y su necesidad de mantener contacto regular con sus seres queridos.

Según Menares, esta valoración “es un avance positivo en cómo se abordan los derechos fundamentales dentro del sistema penitenciario chileno”.

¿Este fallo puede ser un precedente?

Aunque el fallo tiene efectos específicos para Mauricio Hernández Norambuena, la defensa considera que podría marcar un precedente para otros casos similares, ya que abre la puerta para que otras personas privadas de libertad puedan judicializar restricciones de visitas y defender su derecho al vínculo familiar.

“Esta sentencia puede servir como insumo jurídico para que más personas reclamen sus derechos ante medidas arbitrarias. Marca una línea jurisprudencial que puede ser invocada en futuras causas relacionadas con el enrolamiento y visitas en prisión”, concluyó Menares.


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